Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061871)
Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la modificación sustancial de la planta de preparación de calcín de la que es titular BA Vidrio Distribución y Comercialización de Envases, SA, en el término municipal de Villafranca de los Barros.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020
34220
2. La valorización de los residuos indicados en el punto anterior deberá realizarse
mediante las operaciones de valorización R5, relativa a “Reciclado o recuperación de
otras materias inorgánicas”; R12, relativa a “Intercambio de residuos para someterlos
a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R11. Quedan aquí incluidas
operaciones previas a la valorización incluido el tratamiento previo, operaciones tales
como el desmontaje, la clasificación, la trituración, la compactación, la peletización, el
secado, la fragmentación, el acondicionamiento, el reenvasado, la separación, la
combinación o la mezcla, previas a cualquiera de las operaciones enumeradas de R1 a
R11” y R13, relativa a “almacenamiento de residuos en espera de cualquiera de las
operaciones numeradas de R1 a R12”, del anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio,
de residuos y suelos contaminados.
3. No se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado anterior.
4. En las instalaciones se recepcionarán residuos de envases de vidrio procedentes de recogida selectiva llevada a cabo por gestores y se procederá a la limpieza del material, su trituración, clasificación, separación y posterior almacenamiento previo a su envío a destino
final.
5. La capacidad de tratamiento máxima de la instalación es de 21.000 kg/h.
6. La planta de gestión de residuos de vidrio cuenta con las siguientes capacidades de almacenamiento:
ALMACENAMIENTO,
m²
CAPACIDAD VIDRIO
BRUTO,
Tm
CAPACIDAD CALCÍN,
Tm
2.973
5.000
0
190
0
319
7. El vidrio recuperado destinado a la producción de vidrio en procesos de refundición ha
de someterse a un proceso de valorización tal que cumpla con los criterios y requisitos
técnicos establecidos por el Reglamento 1179/2012, de 10 de diciembre, por el que se
Lunes, 5 de octubre de 2020
34220
2. La valorización de los residuos indicados en el punto anterior deberá realizarse
mediante las operaciones de valorización R5, relativa a “Reciclado o recuperación de
otras materias inorgánicas”; R12, relativa a “Intercambio de residuos para someterlos
a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R11. Quedan aquí incluidas
operaciones previas a la valorización incluido el tratamiento previo, operaciones tales
como el desmontaje, la clasificación, la trituración, la compactación, la peletización, el
secado, la fragmentación, el acondicionamiento, el reenvasado, la separación, la
combinación o la mezcla, previas a cualquiera de las operaciones enumeradas de R1 a
R11” y R13, relativa a “almacenamiento de residuos en espera de cualquiera de las
operaciones numeradas de R1 a R12”, del anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio,
de residuos y suelos contaminados.
3. No se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado anterior.
4. En las instalaciones se recepcionarán residuos de envases de vidrio procedentes de recogida selectiva llevada a cabo por gestores y se procederá a la limpieza del material, su trituración, clasificación, separación y posterior almacenamiento previo a su envío a destino
final.
5. La capacidad de tratamiento máxima de la instalación es de 21.000 kg/h.
6. La planta de gestión de residuos de vidrio cuenta con las siguientes capacidades de almacenamiento:
ALMACENAMIENTO,
m²
CAPACIDAD VIDRIO
BRUTO,
Tm
CAPACIDAD CALCÍN,
Tm
2.973
5.000
0
190
0
319
7. El vidrio recuperado destinado a la producción de vidrio en procesos de refundición ha
de someterse a un proceso de valorización tal que cumpla con los criterios y requisitos
técnicos establecidos por el Reglamento 1179/2012, de 10 de diciembre, por el que se