Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061871)
Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la modificación sustancial de la planta de preparación de calcín de la que es titular BA Vidrio Distribución y Comercialización de Envases, SA, en el término municipal de Villafranca de los Barros.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020
34218
da por el COVID-19 y del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, el plazo máximo para resolver este procedimiento, así como
los plazos concedidos a los interesados y los previstos para los distintos trámites administrativos que se hubieren iniciado con anterioridad a la declaración del estado de
alarma y que no hubieran finalizado en aquel momento han estado suspendidos desde
el 14 de marzo de 2020 hasta el 1 de junio de 2020, fecha en que se reanuda el
cómputo de dichos plazos.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se
somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o
modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades
que se incluyen en el anexo II de la citada ley.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y de la propuesta de resolución, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a favor de BA Vidrio Distribución y Comercialización de Envases, SA, con CIF A-06309165, para el proyecto de modificación sustancial de la
planta de preparación de calcín, en el término municipal de Villafranca de los Barros (Badajoz), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica
entregada, excepto en lo que ésta contradiga a esta autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuantas normativas sean de aplicación a la actividad de referencia en cada
momento. El n.º de expediente de la instalación es el AAU18/146.
La presente resolución sustituye en bloque y deja sin efecto a las dictadas con fechas de 3 de
mayo de 2013 y 12 de marzo de 2015.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativa a los residuos gestionados
por la actividad
1. En la instalación se autorizan los siguientes procesos de gestión de residuos, de
acuerdo con los anexos I y II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados:
Lunes, 5 de octubre de 2020
34218
da por el COVID-19 y del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, el plazo máximo para resolver este procedimiento, así como
los plazos concedidos a los interesados y los previstos para los distintos trámites administrativos que se hubieren iniciado con anterioridad a la declaración del estado de
alarma y que no hubieran finalizado en aquel momento han estado suspendidos desde
el 14 de marzo de 2020 hasta el 1 de junio de 2020, fecha en que se reanuda el
cómputo de dichos plazos.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se
somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o
modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades
que se incluyen en el anexo II de la citada ley.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y de la propuesta de resolución, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a favor de BA Vidrio Distribución y Comercialización de Envases, SA, con CIF A-06309165, para el proyecto de modificación sustancial de la
planta de preparación de calcín, en el término municipal de Villafranca de los Barros (Badajoz), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica
entregada, excepto en lo que ésta contradiga a esta autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuantas normativas sean de aplicación a la actividad de referencia en cada
momento. El n.º de expediente de la instalación es el AAU18/146.
La presente resolución sustituye en bloque y deja sin efecto a las dictadas con fechas de 3 de
mayo de 2013 y 12 de marzo de 2015.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativa a los residuos gestionados
por la actividad
1. En la instalación se autorizan los siguientes procesos de gestión de residuos, de
acuerdo con los anexos I y II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados: