Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061122)
Resolución de 22 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina en régimen intensivo, promovida por D. Ángel Centeno Pozo, en el término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz).
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NÚMERO 131
Miércoles, 8 de julio de 2020
23747
de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de
Registro de Gestión de Estiércoles.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del centro se estima en
1.104 m³/año de estiércol porcino, que suponen unos 3.480 kg de nitrógeno/año. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, dejando constancia de
esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. El complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los purines y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite
el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con
tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación
porcina dispondrá de una capacidad total de retención de estiércoles licuados, aguas
de limpieza y lixiviados del estercolero de 300 m³, para ello el complejo porcino
dispondrá de una fosa de hormigón.
3. El diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
— La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua, localizándose, al menos, a 100 m de cualquier curso de agua; y
habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientarán
en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias por malos
olores a las poblaciones más cercanas.
— Cualquier fosa o instalación que se encuentre a menos de 100 m de cualquier curso de
agua, deberá disponer de autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana.
— Cumplirán con las siguientes características constructivas:
• Impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.
• Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
• Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.
• Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.
La frecuencia de vaciado de las fosas, ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y
siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máxi-
Miércoles, 8 de julio de 2020
23747
de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de
Registro de Gestión de Estiércoles.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del centro se estima en
1.104 m³/año de estiércol porcino, que suponen unos 3.480 kg de nitrógeno/año. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, dejando constancia de
esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. El complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los purines y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite
el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con
tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación
porcina dispondrá de una capacidad total de retención de estiércoles licuados, aguas
de limpieza y lixiviados del estercolero de 300 m³, para ello el complejo porcino
dispondrá de una fosa de hormigón.
3. El diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
— La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua, localizándose, al menos, a 100 m de cualquier curso de agua; y
habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientarán
en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias por malos
olores a las poblaciones más cercanas.
— Cualquier fosa o instalación que se encuentre a menos de 100 m de cualquier curso de
agua, deberá disponer de autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana.
— Cumplirán con las siguientes características constructivas:
• Impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.
• Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
• Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.
• Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.
La frecuencia de vaciado de las fosas, ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y
siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máxi-