Otras Resoluciones. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones.- (2020061087)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a otorgar para el equipamiento de centros y servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2020.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020
23357
El órgano concedente de la subvención comunicará esta opción a las entidades interesadas, a fin de que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez
días. Una vez aceptada la propuesta por parte de los solicitantes, el órgano administrativo
dictará el acto de concesión y procederá a su notificación individualizada.
Sexto. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención.
Estas subvenciones se distribuirán de acuerdo con los criterios de ponderación que a continuación se relacionan:
1. Que la solicitud del material sea proporcional a los recursos humanos disponibles (profesionales sanitarios): 10 puntos.
2. Población que se beneficiará de la inversión de forma proporcional al número de tarjetas
sanitarias, hasta un máximo de 15 puntos.
— Más de 500 tarjetas sanitarias: 15 puntos.
— Entre 250-500 tarjetas sanitarias: 10 puntos.
— Menos de 250 tarjetas sanitarias: 5 puntos.
3. Número de usuarios menores de 14 años, hasta un máximo de 10 puntos, de forma
proporcional al número de tarjetas sanitarias.
— Igual o más de 500 tarjetas sanitarias de menores de 14 años: 10 puntos.
— Menos de 500 tarjetas sanitarias de menores de 14 años: 5 puntos.
4. Número de usuarios mayores de 65 años, hasta un máximo de 10 puntos, de forma
proporcional al número de tarjetas sanitarias.
— Igual o más de 500 tarjetas sanitarias de mayores de 65 años: 10 puntos.
— Menos de 500 tarjetas sanitarias de mayores de 65 años: 5 puntos.
5. Recursos sanitarios de la Zona de Salud. Distancia al centro de salud de referencia, hasta
un máximo de 10 puntos.
— Distancia igual o mayor a 20 kilómetros: 10 puntos.
— Distancia menor de 20 kilómetros o ser centro de salud de referencia: 5 puntos.
Martes, 7 de julio de 2020
23357
El órgano concedente de la subvención comunicará esta opción a las entidades interesadas, a fin de que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez
días. Una vez aceptada la propuesta por parte de los solicitantes, el órgano administrativo
dictará el acto de concesión y procederá a su notificación individualizada.
Sexto. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención.
Estas subvenciones se distribuirán de acuerdo con los criterios de ponderación que a continuación se relacionan:
1. Que la solicitud del material sea proporcional a los recursos humanos disponibles (profesionales sanitarios): 10 puntos.
2. Población que se beneficiará de la inversión de forma proporcional al número de tarjetas
sanitarias, hasta un máximo de 15 puntos.
— Más de 500 tarjetas sanitarias: 15 puntos.
— Entre 250-500 tarjetas sanitarias: 10 puntos.
— Menos de 250 tarjetas sanitarias: 5 puntos.
3. Número de usuarios menores de 14 años, hasta un máximo de 10 puntos, de forma
proporcional al número de tarjetas sanitarias.
— Igual o más de 500 tarjetas sanitarias de menores de 14 años: 10 puntos.
— Menos de 500 tarjetas sanitarias de menores de 14 años: 5 puntos.
4. Número de usuarios mayores de 65 años, hasta un máximo de 10 puntos, de forma
proporcional al número de tarjetas sanitarias.
— Igual o más de 500 tarjetas sanitarias de mayores de 65 años: 10 puntos.
— Menos de 500 tarjetas sanitarias de mayores de 65 años: 5 puntos.
5. Recursos sanitarios de la Zona de Salud. Distancia al centro de salud de referencia, hasta
un máximo de 10 puntos.
— Distancia igual o mayor a 20 kilómetros: 10 puntos.
— Distancia menor de 20 kilómetros o ser centro de salud de referencia: 5 puntos.