Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020061103)
Resolución de 15 de junio 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuya promotora es Agrícola El Bercial de Hornachos, SA, en el término municipal de Valencia de las Torres. Expte.: IA19/0790.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020

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Incidencia sobre las aguas superficiales y subterráneas: la distancia de las instalaciones a
cursos de agua, así como la aplicación de medidas en el manejo de los animales, evitarían
una posible contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.
Incidencia sobre la vegetación y hábitats: teniendo en cuenta la densidad ganadera de la
explotación porcina y la adopción de las medidas propuestas, se evitaría una posible afección a estos valores.
Incidencia sobre la fauna: aunque puede ser zona de campeo y alimentación de algunas
especies de fauna silvestre con alguna figura de protección, no se prevé que la explotación porcina tenga efectos significativos sobre ésta.
Incidencia sobre la Red Natura y Áreas Protegidas: aunque el proyecto se encuentra fuera
del lugar de la Red Natura 2000 Zona de Especial Protección (ZEC) “Río Guadámez”, con la
aplicación de medidas preventivas, protectoras y correctoras no es susceptible que afecte
de forma apreciable a ésta.
Incidencia sobre el paisaje: se prevé que el impacto sobre el paisaje no sea significativo
debido a la aplicación de medidas de integración paisajística y a la tipología de las construcciones y a la localización de las mismas en una zona de carácter agropecuario.
Se trata de una actividad que no afecta negativamente a valores de flora, fauna y paisaje
presentes en el entorno inmediato, ni en la superficie en la que se ubica el proyecto. No
incide de forma negativa sobre el patrimonio arqueológico conocido, recursos naturales,
hidrología superficial y subterránea. No son previsibles, por ello, efectos significativos
sobre el medio ambiente en los términos establecidos en el presente informe.
A la vista del análisis realizado, se determina que el proyecto no tendría efectos significativos sobre el medio ambiente siempre y cuando se cumplan las medidas recogidas en el
presente informe, no requiriendo el sometimiento al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria.

4. Medidas preventivas, correctoras, protectoras y complementarias.
— Medidas en la fase de construcción:
1. Para facilitar la integración paisajística, los acabados de las construcciones deberán
ser de tonos que se integren en el entorno, utilizando tonos tostados, ocres o albero.
Otras instalaciones auxiliares con acabados metálicos como tolvas, silos y/o depósitos de agua, deberán ser de color similar al de las cubiertas. En cualquiera de los
elementos constructivos no deben utilizarse tonos llamativos o brillantes.