Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2020061108)
Resolución de 1 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad por la que se adecúa el contenido de la autorización ambiental integrada de la instalación dedicada a la producción de conservas vegetales, ubicada en el término municipal de Badajoz y titularidad de Agraz, SAU, debido a la modificación no sustancial de la misma.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020

23454

El apartado - i - de la resolución de 1 de abril de 2009, pasa a ser apartado –j-, y se modifica
en los términos que se recogen seguidamente:

- j - Prescripciones finales
1. La autorización ambiental integrada tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de las
revisiones reguladas en el artículo 26 del texto refundido de la Ley de Prevención y
Control Integrados de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016,
de 16 de diciembre, y en el artículo 16 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por
el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley
16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
Al respecto de lo anterior, se recuerda al titular de la AAI que con fecha 4 de diciembre de
2019 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea, la Decisión 2019/2031 de la
Comisión de 12 de noviembre de 2019 por la que se establecen las conclusiones sobre las
mejores técnicas disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida y leche, de
conformidad con la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.
2. El titular de la instalación deberá comunicar a la DGS cualquier modificación que se
proponga realizar en la misma según se establece en el artículo 10 del texto refundido de
la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre; en los artículos 14 y 15 del Real Decreto
815/2013, de 18 de octubre; y en el artículo 30 del Reglamento de autorizaciones y
comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el
Decreto 81/2011.
3. En su caso, se deberá comunicar el cambio de titularidad en la instalación a la DGS.
4. Se dispondrá de una copia de la AAI en el mismo complejo industrial a disposición de los
agentes de la autoridad que lo requieran.
5. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que podrá
ser leve, grave o muy grave, según el artículo 31 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/2016, de 16 de diciembre, sancionable, entre otras, con multas de hasta 20.000,
200.000 y 2.000.000 euros, respectivamente.