Anuncios. Ayuntamiento De Badajoz. Oferta De Empleo Público.- (2020080572)
Anuncio de 23 de junio de 2020 sobre ampliación de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2019.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020
23533
bles tasas de reposición que las Administraciones públicas pueden aplicar con la finalidad de
cubrir las bajas definitivas del ejercicio anterior.
Así, en los términos del apartado Uno.7 del mismo artículo, para calcular la tasa de
reposición de efectivos, cuando se procedió a la aprobación de la oferta, el porcentaje de
tasa máximo fijado se aplicó sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios
en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de
empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por
cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado
desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. No obstante, no
habiéndose alcanzado el máximo que permitía el citado cálculo, mediante la presente
ampliación, se completa dicho cálculo.
Para el mismo, no se han computado las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes, en su caso, al personal declarado
indefinido no fijo mediante sentencia judicial.
Cuarto. Conforme a los preceptos anteriormente citados y a los artículos 36.3 y 37 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dicha propuesta de ampliación
de la Oferta de Empleo Público se ha sometido a negociación en la Mesa deGeneral de Negociación de los Empleados Públicos,con fecha 11 de junio de 2020.
En virtud de lo expuesto, previa negociación de la Mesa General de Negociación de los
Empleados Públicos del Ayuntamiento de Badajoz y en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1. g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local, delegadas mediante Decreto de fecha 9 de julio de 2019, de
competencias genéricas y nombramiento de Tenientes de Alcalde y delegaciones de
competencias específicas a Concejales del Ayuntamiento de Badajoz (BOP núm. 133, de
15 de julio), esta Teniente de Alcaldía,
RESUELVE:
Primero. Aprobar la ampliación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Badajoz
correspondiente al año 2019, aprobada mediante decreto de 27 de diciembre de 2019 en los
términos que a continuación se detallan:
Martes, 7 de julio de 2020
23533
bles tasas de reposición que las Administraciones públicas pueden aplicar con la finalidad de
cubrir las bajas definitivas del ejercicio anterior.
Así, en los términos del apartado Uno.7 del mismo artículo, para calcular la tasa de
reposición de efectivos, cuando se procedió a la aprobación de la oferta, el porcentaje de
tasa máximo fijado se aplicó sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios
en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de
empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por
cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado
desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. No obstante, no
habiéndose alcanzado el máximo que permitía el citado cálculo, mediante la presente
ampliación, se completa dicho cálculo.
Para el mismo, no se han computado las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes, en su caso, al personal declarado
indefinido no fijo mediante sentencia judicial.
Cuarto. Conforme a los preceptos anteriormente citados y a los artículos 36.3 y 37 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dicha propuesta de ampliación
de la Oferta de Empleo Público se ha sometido a negociación en la Mesa deGeneral de Negociación de los Empleados Públicos,con fecha 11 de junio de 2020.
En virtud de lo expuesto, previa negociación de la Mesa General de Negociación de los
Empleados Públicos del Ayuntamiento de Badajoz y en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y en uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1. g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local, delegadas mediante Decreto de fecha 9 de julio de 2019, de
competencias genéricas y nombramiento de Tenientes de Alcalde y delegaciones de
competencias específicas a Concejales del Ayuntamiento de Badajoz (BOP núm. 133, de
15 de julio), esta Teniente de Alcaldía,
RESUELVE:
Primero. Aprobar la ampliación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Badajoz
correspondiente al año 2019, aprobada mediante decreto de 27 de diciembre de 2019 en los
términos que a continuación se detallan: