Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020061062)
Resolución de 15 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual 2/2019 (n.º 21) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Navalvillar de Pela. Expte.: IA19/1020.
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NÚMERO 128
Viernes, 3 de julio de 2020
22818
LISTADO DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
Servicio de Ordenación del
Territorio
X
Confederación Hidrográfica del
Guadiana
X
DG de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural
X
DG de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias
X
ADENEX
-
Sociedad Española de
Ornitología
-
Ecologistas en
Acción
-
3. Análisis según los criterios del anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez estudiada la documentación que obra en el expediente administrativo, y
considerando las respuestas recibidas a las consultas realizadas, se lleva a cabo el
análisis que a continuación se describe, según los criterios recogidos en el anexo VIII
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los efectos de determinar si la modificación puntual 2/2019
(n.º 21) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Navalvillar de Pela, tiene
efectos significativos sobre el medio ambiente y, por tanto, si resulta necesario su
Viernes, 3 de julio de 2020
22818
LISTADO DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
Servicio de Ordenación del
Territorio
X
Confederación Hidrográfica del
Guadiana
X
DG de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural
X
DG de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias
X
ADENEX
-
Sociedad Española de
Ornitología
-
Ecologistas en
Acción
-
3. Análisis según los criterios del anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez estudiada la documentación que obra en el expediente administrativo, y
considerando las respuestas recibidas a las consultas realizadas, se lleva a cabo el
análisis que a continuación se describe, según los criterios recogidos en el anexo VIII
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los efectos de determinar si la modificación puntual 2/2019
(n.º 21) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Navalvillar de Pela, tiene
efectos significativos sobre el medio ambiente y, por tanto, si resulta necesario su