Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061128)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Asociación para la Atención y la Integración Social de las Personas con Discapacidad Física de Extremadura (APAMEX) por el que se concede una subvención en el ejercicio 2020, para la promoción y fomento de la adaptación de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
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NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020
22269
a la siguiente partida presupuestaria de los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2020: posición presupuestaria
G/325A.489.00, órgano gestor 13007, PEP 20140123 “APAMEX. PROGRAMA ADAPTACIÓN
DE PUESTOS DE TRABAJO”, financiada con fondos de la Comunidad Autónoma, con la
distribución del gasto que figura en el presupuesto incluido en el anexo al presente
convenio.
Quinta. Forma de pago.
El pago del importe total de la ayuda se efectuará de la siguiente forma:
a) Un primer pago del 50 % del importe total de la subvención por valor de 20.000 €, una
vez suscrito el presente convenio.
b) El 50 % restante por importe de 20.000 € previa justificación antes del 30 de septiembre
de 2020 de la totalidad del importe previamente anticipado. Excepcionalmente, en el
supuesto de imposibilidad material de ejecución de las actuaciones y/o justificación de los
gastos subvencionables, el plazo de ejecución y/o justificación podrá ampliarse, previa
autorización del órgano gestor de la ayuda mediante resolución de la Dirección General de
Trabajo.
Para proceder a la citada ampliación, APAMEX deberá presentar la solicitud con una antelación de al menos cinco días a la fecha de finalización del plazo de justificación, debiendo
acreditar debidamente la imposibilidad de ejecución y/o justificación. La justificación del último 50 % del importe percibido se habrá de presentar con anterioridad al 15 de febrero de
2021.
Conforme a lo establecido en el artículo 21.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la subvención regulada en
el presente convenio queda exenta del régimen de garantías para recibir pagos anticipados.
Sexta. Condiciones para la financiación y gastos subvencionables.
Serán gastos subvencionables los realizados, según las condiciones que se recogen en el
presente convenio, desde el 1 de enero de 2020 hasta su finalización el 31 de diciembre de
2020, y conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Jueves, 2 de julio de 2020
22269
a la siguiente partida presupuestaria de los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2020: posición presupuestaria
G/325A.489.00, órgano gestor 13007, PEP 20140123 “APAMEX. PROGRAMA ADAPTACIÓN
DE PUESTOS DE TRABAJO”, financiada con fondos de la Comunidad Autónoma, con la
distribución del gasto que figura en el presupuesto incluido en el anexo al presente
convenio.
Quinta. Forma de pago.
El pago del importe total de la ayuda se efectuará de la siguiente forma:
a) Un primer pago del 50 % del importe total de la subvención por valor de 20.000 €, una
vez suscrito el presente convenio.
b) El 50 % restante por importe de 20.000 € previa justificación antes del 30 de septiembre
de 2020 de la totalidad del importe previamente anticipado. Excepcionalmente, en el
supuesto de imposibilidad material de ejecución de las actuaciones y/o justificación de los
gastos subvencionables, el plazo de ejecución y/o justificación podrá ampliarse, previa
autorización del órgano gestor de la ayuda mediante resolución de la Dirección General de
Trabajo.
Para proceder a la citada ampliación, APAMEX deberá presentar la solicitud con una antelación de al menos cinco días a la fecha de finalización del plazo de justificación, debiendo
acreditar debidamente la imposibilidad de ejecución y/o justificación. La justificación del último 50 % del importe percibido se habrá de presentar con anterioridad al 15 de febrero de
2021.
Conforme a lo establecido en el artículo 21.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la subvención regulada en
el presente convenio queda exenta del régimen de garantías para recibir pagos anticipados.
Sexta. Condiciones para la financiación y gastos subvencionables.
Serán gastos subvencionables los realizados, según las condiciones que se recogen en el
presente convenio, desde el 1 de enero de 2020 hasta su finalización el 31 de diciembre de
2020, y conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.