Disposiciones Generales. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Desarrollo Industrial. Ayudas.- (2020050124)
Orden de 26 de junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas extraordinarias destinadas a la contención sanitaria de la COVID19 a través de apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020
22198
la base de los criterios de transparencia y no discriminación. El precio cobrado por los
servicios prestados por las infraestructuras de ensayo y ampliación de escala deberá
corresponder al precio de mercado. Anexo I. apartado E).
h) Cualquier otra obligación prevista en el texto de esta orden y de las recogidas en la Ley
6/2011, de 23 de marzo así como el resto de normativa nacional o europea que le sea de
aplicación.
Artículo 21. Obligaciones como beneficiaria de una ayuda FEDER.
La beneficiaria está obligada a cumplir con todos los requisitos específicos que se enumeran
a continuación:
a) Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones contando al menos, con una codificación contable adecuada que
permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.
b) Conservar la documentación original incluidos los documentos electrónicos, justificativos
de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos. Esta documentación será
custodiada por la empresa durante 3 años a partir del 31 de diciembre siguiente a la
presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación en los
términos de artículo 140 del Reglamento (UE) número 1303/2013 en tanto puedan ser
objeto de actuaciones de comprobación y control.
c) La beneficiaria deberá autorizar el registro de la información relativa a la actuación y las
personas que intervienen en el proyecto con el fin de poder medir el resultado real de las
actuaciones y su impacto.
d) Las beneficiarias que acepten la ayuda, aceptan figurar en una lista pública de operaciones conforme dispone el artículo 115.2 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 17 de diciembre.
e) La empresa beneficiaria deberá informar por escrito a todos los trabajadores imputados al
proyecto de que su salario está financiado con fondos FEDER.
f) Las beneficiarias deberán cumplir lo establecido en el anexo XII del Reglamento
1303/2013 sobre las actividades de información y publicidad. En este sentido, la beneficiaria deberá cumplir las siguientes cuestiones:
f.1. En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo la beneficiaria
deberá reconocer el apoyo de los Fondos FEDER al proyecto, mostrando el emblema
de la Unión que deberá figurar en color en los sitios web y en todos los demás
medios de comunicación. El color se utilizará siempre que sea posible y podrá utilizarse una versión monocroma únicamente en casos justificados.
Jueves, 2 de julio de 2020
22198
la base de los criterios de transparencia y no discriminación. El precio cobrado por los
servicios prestados por las infraestructuras de ensayo y ampliación de escala deberá
corresponder al precio de mercado. Anexo I. apartado E).
h) Cualquier otra obligación prevista en el texto de esta orden y de las recogidas en la Ley
6/2011, de 23 de marzo así como el resto de normativa nacional o europea que le sea de
aplicación.
Artículo 21. Obligaciones como beneficiaria de una ayuda FEDER.
La beneficiaria está obligada a cumplir con todos los requisitos específicos que se enumeran
a continuación:
a) Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones contando al menos, con una codificación contable adecuada que
permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.
b) Conservar la documentación original incluidos los documentos electrónicos, justificativos
de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos. Esta documentación será
custodiada por la empresa durante 3 años a partir del 31 de diciembre siguiente a la
presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación en los
términos de artículo 140 del Reglamento (UE) número 1303/2013 en tanto puedan ser
objeto de actuaciones de comprobación y control.
c) La beneficiaria deberá autorizar el registro de la información relativa a la actuación y las
personas que intervienen en el proyecto con el fin de poder medir el resultado real de las
actuaciones y su impacto.
d) Las beneficiarias que acepten la ayuda, aceptan figurar en una lista pública de operaciones conforme dispone el artículo 115.2 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 17 de diciembre.
e) La empresa beneficiaria deberá informar por escrito a todos los trabajadores imputados al
proyecto de que su salario está financiado con fondos FEDER.
f) Las beneficiarias deberán cumplir lo establecido en el anexo XII del Reglamento
1303/2013 sobre las actividades de información y publicidad. En este sentido, la beneficiaria deberá cumplir las siguientes cuestiones:
f.1. En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo la beneficiaria
deberá reconocer el apoyo de los Fondos FEDER al proyecto, mostrando el emblema
de la Unión que deberá figurar en color en los sitios web y en todos los demás
medios de comunicación. El color se utilizará siempre que sea posible y podrá utilizarse una versión monocroma únicamente en casos justificados.