Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Presupuestos. Ejecución.- (2020061186)
Resolución de 26 de junio de 2020, de la Intervención General, por la que se publica la información anual del ejercicio 2019 de las entidades del sector público autonómico con presupuesto limitativo.
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NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020
21590
RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2020, de la Intervención General, por la
que se publica la información anual del ejercicio 2019 de las entidades del
sector público autonómico con presupuesto limitativo. (2020061186)
La Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, en su artículo
139.bis “Transparencia en el gasto público”, establece que la Intervención General publicará,
en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica de la Junta de Extremadura, en
el primer semestre del ejercicio siguiente al que vaya referida la información, de cada una de
las entidades del sector público autonómico con presupuesto limitativo, la información anual
siguiente:
— Ejecución del presupuesto de gastos, clasificado orgánicamente por secciones presupuestarias, funcionalmente por grupos de función y económicamente por capítulos.
— Modificaciones del presupuesto de gastos según el tipo de modificación, clasificado orgánicamente por secciones presupuestarias, funcionalmente por grupos de función y económicamente por capítulos.
— Ejecución del presupuesto de ingresos clasificado económicamente por capítulos.
Además, en términos consolidados, se publicará la siguiente información e indicadores presupuestarios:
— Cálculo de la capacidad o necesidad de financiación en términos de Contabilidad Nacional
(SEC´10).
— Evolución del endeudamiento durante el ejercicio.
— Conjunto de indicadores presupuestarios que informen, entre otros aspectos, del superávit
o déficit en relación con el número de habitantes y el PIB regional; del nivel de endeudamiento referido al número de habitantes, PIB regional y presupuesto total de la comunidad; ingresos fiscales por habitante; gasto no financiero por habitante; inversión realizada
por habitante.
En uso de la facultad que otorga a la Intervención General el artículo 139.bis, antes citado,
RESUELVO:
Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica de la Junta de Extremadura (Consejería de Hacienda y Administración Pública, Intervención General) la información anual correspondiente al ejercicio 2019, de todas las entidades del sector público
Miércoles, 1 de julio de 2020
21590
RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2020, de la Intervención General, por la
que se publica la información anual del ejercicio 2019 de las entidades del
sector público autonómico con presupuesto limitativo. (2020061186)
La Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, en su artículo
139.bis “Transparencia en el gasto público”, establece que la Intervención General publicará,
en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica de la Junta de Extremadura, en
el primer semestre del ejercicio siguiente al que vaya referida la información, de cada una de
las entidades del sector público autonómico con presupuesto limitativo, la información anual
siguiente:
— Ejecución del presupuesto de gastos, clasificado orgánicamente por secciones presupuestarias, funcionalmente por grupos de función y económicamente por capítulos.
— Modificaciones del presupuesto de gastos según el tipo de modificación, clasificado orgánicamente por secciones presupuestarias, funcionalmente por grupos de función y económicamente por capítulos.
— Ejecución del presupuesto de ingresos clasificado económicamente por capítulos.
Además, en términos consolidados, se publicará la siguiente información e indicadores presupuestarios:
— Cálculo de la capacidad o necesidad de financiación en términos de Contabilidad Nacional
(SEC´10).
— Evolución del endeudamiento durante el ejercicio.
— Conjunto de indicadores presupuestarios que informen, entre otros aspectos, del superávit
o déficit en relación con el número de habitantes y el PIB regional; del nivel de endeudamiento referido al número de habitantes, PIB regional y presupuesto total de la comunidad; ingresos fiscales por habitante; gasto no financiero por habitante; inversión realizada
por habitante.
En uso de la facultad que otorga a la Intervención General el artículo 139.bis, antes citado,
RESUELVO:
Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica de la Junta de Extremadura (Consejería de Hacienda y Administración Pública, Intervención General) la información anual correspondiente al ejercicio 2019, de todas las entidades del sector público