Otras Resoluciones. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas.- (2020061148)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria extraordinaria de ayudas urgentes destinadas a financiar proyectos de investigación orientados a aportar conocimiento a la contención sanitaria de La COVID-19, desarrollados en el Instituto Universitario de Investigación Biosanitaria de Extremadura (INUBE), para la anualidad 2020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020
21150
las actividades programadas en la memoria del proyecto y se haya ejecutado, en el mismo
porcentaje, el gasto subvencionado.
4. El órgano concedente de las ayudas será el competente para revocar la ayuda y exigir el
reintegro en periodo voluntario, correspondiendo efectuar la recaudación ejecutiva a la
Consejería competente en materia de hacienda.
El procedimiento de reintegro se iniciará de oficio desde el momento que se aprecie la
existencia de alguno de los supuestos previstos en el apartado primero de este artículo.
En la tramitación del procedimiento se garantizará, en todo caso, el derecho del interesado a la audiencia.
5. El beneficiario podrá realizar la devolución voluntaria total o parcial de las cantidades percibidas, bien con motivo de la renuncia a la ayuda concedida o bien para
proceder a la devolución de las cantidades no justificadas o no gastadas de la ayuda.
Cuando se produzca la devolución voluntaria sin requerimiento previo de la Administración, el órgano concedente exigirá, desde el momento del cobro hasta que se
produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario, el interés de demora establecido en el artículo 24.3 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura, sin el incremento del 25 % previsto en el artículo 44 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
El procedimiento para la devolución voluntaria del importe percibido se realizará, a través
del modelo 050, en cualquiera de las entidades colaboradoras de la Junta de Extremadura
o de forma telemática a través de la página web https://modelo050.juntaex.es/modelo050/.Posteriormente, el beneficiario deberá notificar el ingreso efectuado al Servicio de
Recursos de la Investigación Científica Pública.
Los datos a consignar en el modelo 050 son los siguientes:
— Número de codificación: 144295, asignado al Servicio de Recursos de la Investigación
Científica Pública.
— Concepto: “Reintegro de subvenciones de I+D”. Indicando, además, el número de
expediente.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Lunes, 29 de junio de 2020
21150
las actividades programadas en la memoria del proyecto y se haya ejecutado, en el mismo
porcentaje, el gasto subvencionado.
4. El órgano concedente de las ayudas será el competente para revocar la ayuda y exigir el
reintegro en periodo voluntario, correspondiendo efectuar la recaudación ejecutiva a la
Consejería competente en materia de hacienda.
El procedimiento de reintegro se iniciará de oficio desde el momento que se aprecie la
existencia de alguno de los supuestos previstos en el apartado primero de este artículo.
En la tramitación del procedimiento se garantizará, en todo caso, el derecho del interesado a la audiencia.
5. El beneficiario podrá realizar la devolución voluntaria total o parcial de las cantidades percibidas, bien con motivo de la renuncia a la ayuda concedida o bien para
proceder a la devolución de las cantidades no justificadas o no gastadas de la ayuda.
Cuando se produzca la devolución voluntaria sin requerimiento previo de la Administración, el órgano concedente exigirá, desde el momento del cobro hasta que se
produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario, el interés de demora establecido en el artículo 24.3 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura, sin el incremento del 25 % previsto en el artículo 44 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
El procedimiento para la devolución voluntaria del importe percibido se realizará, a través
del modelo 050, en cualquiera de las entidades colaboradoras de la Junta de Extremadura
o de forma telemática a través de la página web https://modelo050.juntaex.es/modelo050/.Posteriormente, el beneficiario deberá notificar el ingreso efectuado al Servicio de
Recursos de la Investigación Científica Pública.
Los datos a consignar en el modelo 050 son los siguientes:
— Número de codificación: 144295, asignado al Servicio de Recursos de la Investigación
Científica Pública.
— Concepto: “Reintegro de subvenciones de I+D”. Indicando, además, el número de
expediente.
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