Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo.- (2020050120)
Orden de 22 de junio de 2020 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral del Servicio Extremeño Público de Empleo.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020
21078
ORDEN de 22 de junio de 2020 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral del
Servicio Extremeño Público de Empleo. (2020050120)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan
la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de
los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para
el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal
instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos
de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos “no son un acto
ordenador, sino un acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza,
ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella”.
Asimismo, mediante la presente modificación se procede a realizar la modificación de la
relación de puesto de trabajo del Servicio Extremeño Público de Empleo, organismo
autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería de Educación y Empleo de
la Junta de Extremadura.
El Decreto 166/2019, de 29 de octubre (DOE n.º 214, de 6 de noviembre) estableció
una nueva estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y modificó el
Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio
Extremeño Público de Empleo, lo que conlleva una serie de modificaciones puntuales de
las relaciones de puestos de trabajo del organismo autónomo para estructurar la nueva
organización.
Lunes, 29 de junio de 2020
21078
ORDEN de 22 de junio de 2020 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral del
Servicio Extremeño Público de Empleo. (2020050120)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan
la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de
los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para
el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal
instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos
de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos “no son un acto
ordenador, sino un acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza,
ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella”.
Asimismo, mediante la presente modificación se procede a realizar la modificación de la
relación de puesto de trabajo del Servicio Extremeño Público de Empleo, organismo
autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería de Educación y Empleo de
la Junta de Extremadura.
El Decreto 166/2019, de 29 de octubre (DOE n.º 214, de 6 de noviembre) estableció
una nueva estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y modificó el
Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio
Extremeño Público de Empleo, lo que conlleva una serie de modificaciones puntuales de
las relaciones de puestos de trabajo del organismo autónomo para estructurar la nueva
organización.