Disposiciones Generales. Consejería De Educación. Programas De Cualificación Profesional Inicial.- (2011050202)
Orden de 6 de junio de 2011 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el curso 2011-2012.
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NÚMERO 114
Miércoles, 15 de junio de 2011

I

15682

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
ORDEN de 6 de junio de 2011 por la que se convoca el proceso de admisión
en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de
cualificación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en el curso 2011-2012. (2011050202)
El Decreto 83/2007, de 24 de abril, por el que se establece el Currículo de Educación Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 51, de 5 de mayo
de 2007), en su artículo 17, define los programas de cualificación profesional inicial de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el Real
Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas
correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.
La Orden de 18 de junio de 2008, de la Consejería de Educación, regula los Programas de
Calificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 118, de
19 de junio de 2008; corrección de errores en el DOE n.º 119, de 20 de junio de 2008).
La Orden de 1 de julio de 2009, de la Consejería de Educación, sobre admisión del alumnado
en los centros de la Consejería de Educación que imparten enseñanzas dirigidas a personas
adultas, determina en su disposición adicional primera que en la admisión y matriculación en
Programas de Cualificación Profesional Inicial ofertados en los Centros de Educación de
Personas Adultas se seguirá el mismo proceso que el establecido en dicha orden, y que los
requisitos, condiciones y criterios de acceso serán los contemplados en la Orden de 18 de
junio de 2008, y en los que, en su caso, determine la Consejería de Educación.
En consecuencia, y con la finalidad de facilitar al alumnado interesado el acceso a cursar los
módulos voluntarios en la modalidad a distancia “on-line” a través del Proyecto @vanza, se
convoca este específico proceso de admisión. Con ello se pretende dar respuesta al alumnado que haya cursado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional
Inicial a través de la oferta realizada por Corporaciones Locales, asociaciones profesionales,
organizaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales y sindicales mediante la
concesión en concurrencia competitiva de ayudas de la Consejería de Educación, así como en
centros educativos y que quieran cursar estos módulos a través de esta modalidad.
Por todo lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 36 f) de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto convocar la admisión del alumnado a la oferta educativa a
distancia a través del Proyecto @vanza de los módulos voluntarios de los programas de cualificación profesional inicial.