Anuncios. Presidencia De La Junta. Notificaciones.- (2011082057)
Anuncio de 27 de mayo de 2011 sobre notificación en expedientes sancionadores en materia de consumo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 114
Miércoles, 15 de junio de 2011
15731
leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre), artículo 49.1 d) en relación con lo dispuesto en los artículos 8, 19, 21, 114, 118, 119, 120 y 123 del mismo
texto legal.
• Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura (DOE
núm. 72, de 23 de junio), artículo 29.6, de acuerdo con las previsiones contenidas en
los artículos 3, 10.1 f), 11 y 12.
— Tipificación de la infracción:
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras
leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre), artículo 49.1 d) en relación con lo dispuesto en los artículos 8, 19, 21, 114, 118, 119, 120 y 123 del mismo
texto legal.
— Posible sanción: trescientos euros (300 euros).
— Plazo de interposición de alegaciones: 10 días a contar desde el siguiente a esta publicación.
— Órgano competente para incoar: La Dirección General del Instituto de Consumo de
Extremadura.
— Órgano instructor: Elvira Gil Parra.
— Órgano competente para resolver: Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura.
— Expediente: C-188/2010.
— Acto a notificar: propuesta de resolución.
— Denunciado: Productos Gamarosa, SL.
— Último domicilio conocido: c/ De la Salle, 35, Cáceres 10.600.
— Normativa infringida:
• RD 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en
materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria (BOE núm. 168,
de 15 de julio), artículos 3.3.6.
• Decreto 144/2006, de 25 de julio, por el que se regulan las hojas de reclamaciones en
materia de consumo en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 90, de 1
de agosto), artículo 3.
— Falta presuntamente cometida:
Tales hechos pueden ser constitutivos de una infracción leve, tipificada en:
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras
leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre), artículo 49.1.f).
• Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura (DOE
núm. 72, de 23 de junio), artículos 31.5, de acuerdo con las previsiones contenidas en
el artículos 3 y 10.1.g).
— Tipificación de la infracción:
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras
leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre), artículo 49.1.f).
Miércoles, 15 de junio de 2011
15731
leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre), artículo 49.1 d) en relación con lo dispuesto en los artículos 8, 19, 21, 114, 118, 119, 120 y 123 del mismo
texto legal.
• Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura (DOE
núm. 72, de 23 de junio), artículo 29.6, de acuerdo con las previsiones contenidas en
los artículos 3, 10.1 f), 11 y 12.
— Tipificación de la infracción:
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras
leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre), artículo 49.1 d) en relación con lo dispuesto en los artículos 8, 19, 21, 114, 118, 119, 120 y 123 del mismo
texto legal.
— Posible sanción: trescientos euros (300 euros).
— Plazo de interposición de alegaciones: 10 días a contar desde el siguiente a esta publicación.
— Órgano competente para incoar: La Dirección General del Instituto de Consumo de
Extremadura.
— Órgano instructor: Elvira Gil Parra.
— Órgano competente para resolver: Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura.
— Expediente: C-188/2010.
— Acto a notificar: propuesta de resolución.
— Denunciado: Productos Gamarosa, SL.
— Último domicilio conocido: c/ De la Salle, 35, Cáceres 10.600.
— Normativa infringida:
• RD 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en
materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria (BOE núm. 168,
de 15 de julio), artículos 3.3.6.
• Decreto 144/2006, de 25 de julio, por el que se regulan las hojas de reclamaciones en
materia de consumo en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 90, de 1
de agosto), artículo 3.
— Falta presuntamente cometida:
Tales hechos pueden ser constitutivos de una infracción leve, tipificada en:
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras
leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre), artículo 49.1.f).
• Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura (DOE
núm. 72, de 23 de junio), artículos 31.5, de acuerdo con las previsiones contenidas en
el artículos 3 y 10.1.g).
— Tipificación de la infracción:
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras
leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre), artículo 49.1.f).