Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16036)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA y el Ayuntamiento de Ortuella, sobre el mantenimiento y la realización de las obras de mejora de la accesibilidad en la estación de Sagrada Familia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104710
2.3 ADIF por su parte se compromete a realizar las siguientes actuaciones una vez
finalizada la obra:
1. Autorizar a Renfe Viajeros para realizar los trámites necesarios en nombre de
ADIF para la legalización del ascensor.
2. Al objeto de instrumentar la asunción por el Ayuntamiento de las obligaciones
antes señaladas, en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de recepción de
las obras, Adif concederá una concesión administrativa, para autorizar el uso y
mantenimiento del ascensor por esa entidad local para el acceso ciudadano desde la
plaza a la pasarela, conforme a lo dispuesto en la Ley 33/2003 de Patrimonio de las
Administraciones Públicas y por un plazo de setenta y cinco años. Esta concesión no se
considerará sujeta a canon y se otorgará conforme a lo dispuesto en el artículo 92.5 de
la citada Ley 33/2003.
Tercera. Entrega de las obras.
Una vez finalizadas las obras en su totalidad y verificada favorablemente su
adecuación al proyecto, se firmarán las correspondientes Actas de recepción por los
representantes nombrados por cada una de las partes, procediéndose a las siguientes
asignaciones:
– Las instalaciones ferroviarias, incluido el ascensor y sus accesos, que son objeto
de este convenio, así como el resto de las instalaciones exclusivas para el uso público
ferroviario serán titularidad de ADIF.
– Las instalaciones establecidas en la cláusula segunda (2.2), en cuanto a mejora
del pavimento e iluminación de la pasarela de titularidad municipal serán titularidad del
Ayuntamiento.
Cuarta.
Gastos. Liquidaciones.
Los gastos de gestión y mantenimiento producidos en cada uno de los espacios
adscritos, con motivo de la instalación objeto de este convenio serán sufragados
íntegramente por el Ayuntamiento.
A continuación, se incluye la cuantificación de las actuaciones de Renfe Viajeros
sujetas al convenio:
1
Ascensor.
52.680,49 €
2
Desmontaje y retirada rampa acceso a pasarela municipal.
18.445,38 €
3
Rampa provisional de acceso a pasarela municipal para garantizar
accesibilidad.
13.968,29 €
4
Adecuación a normativa de la escalera de acceso a rampa municipal
calle Katalina Gibaja.
19.480,93 €
5
Pasarela.
75.706,16 €
6
Instalaciones.
Total.
Quinta.
7.796,55 €
188.077,80 €
Comisión de Seguimiento.
Estará compuesta por al menos dos miembros de cada una de las partes, siempre el
mismo número de miembros de cada parte. Las decisiones se adoptarán por acuerdo de
todas las partes.
cve: BOE-A-2025-16036
Verificable en https://www.boe.es
Monetarización de la actuación de Renfe Viajeros en la obra de Sagrada Familia,
Ortuella sujetas a convenio
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104710
2.3 ADIF por su parte se compromete a realizar las siguientes actuaciones una vez
finalizada la obra:
1. Autorizar a Renfe Viajeros para realizar los trámites necesarios en nombre de
ADIF para la legalización del ascensor.
2. Al objeto de instrumentar la asunción por el Ayuntamiento de las obligaciones
antes señaladas, en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de recepción de
las obras, Adif concederá una concesión administrativa, para autorizar el uso y
mantenimiento del ascensor por esa entidad local para el acceso ciudadano desde la
plaza a la pasarela, conforme a lo dispuesto en la Ley 33/2003 de Patrimonio de las
Administraciones Públicas y por un plazo de setenta y cinco años. Esta concesión no se
considerará sujeta a canon y se otorgará conforme a lo dispuesto en el artículo 92.5 de
la citada Ley 33/2003.
Tercera. Entrega de las obras.
Una vez finalizadas las obras en su totalidad y verificada favorablemente su
adecuación al proyecto, se firmarán las correspondientes Actas de recepción por los
representantes nombrados por cada una de las partes, procediéndose a las siguientes
asignaciones:
– Las instalaciones ferroviarias, incluido el ascensor y sus accesos, que son objeto
de este convenio, así como el resto de las instalaciones exclusivas para el uso público
ferroviario serán titularidad de ADIF.
– Las instalaciones establecidas en la cláusula segunda (2.2), en cuanto a mejora
del pavimento e iluminación de la pasarela de titularidad municipal serán titularidad del
Ayuntamiento.
Cuarta.
Gastos. Liquidaciones.
Los gastos de gestión y mantenimiento producidos en cada uno de los espacios
adscritos, con motivo de la instalación objeto de este convenio serán sufragados
íntegramente por el Ayuntamiento.
A continuación, se incluye la cuantificación de las actuaciones de Renfe Viajeros
sujetas al convenio:
1
Ascensor.
52.680,49 €
2
Desmontaje y retirada rampa acceso a pasarela municipal.
18.445,38 €
3
Rampa provisional de acceso a pasarela municipal para garantizar
accesibilidad.
13.968,29 €
4
Adecuación a normativa de la escalera de acceso a rampa municipal
calle Katalina Gibaja.
19.480,93 €
5
Pasarela.
75.706,16 €
6
Instalaciones.
Total.
Quinta.
7.796,55 €
188.077,80 €
Comisión de Seguimiento.
Estará compuesta por al menos dos miembros de cada una de las partes, siempre el
mismo número de miembros de cada parte. Las decisiones se adoptarán por acuerdo de
todas las partes.
cve: BOE-A-2025-16036
Verificable en https://www.boe.es
Monetarización de la actuación de Renfe Viajeros en la obra de Sagrada Familia,
Ortuella sujetas a convenio