Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16036)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA y el Ayuntamiento de Ortuella, sobre el mantenimiento y la realización de las obras de mejora de la accesibilidad en la estación de Sagrada Familia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104708
Que el citado convenio de 7 de septiembre de 2011, establece en su Acuerdo VI, que
Renfe-Operadora se compromete a realizar todas las inversiones que correspondan de
acuerdo con lo definido en la clausula VIII del citado convenio, a las estaciones
reflejadas, en el anexo I, entre las que se encuentra la citada Estación.
VIII. Que la estación de Sagrada Familia cuenta con un edificio de viajeros a nivel
de superficie con un andén en vía única. Dicho edificio dispone de sistemas de
información al viajero a través de megafonía, teleindicadores y cronometría en anden y
vestíbulo, máquinas auto venta y canceladoras.
Existe, así mismo, una pasarela peatonal municipal, sobre la propia estación de
Sagrada Familia, que comunica la calle Catalina Gibaja, con el barrio Golifar, La Raleda,
el polígono industrial Granada y las zonas de esparcimiento de las balsas. Dicha
pasarela, dispone de un ascensor de gestión municipal, en el lado opuesto a la estación.
Que, para la mejora de la estación, Renfe Viajeros está realizando diferentes
actuaciones cuyo objetivo es la mejora de la accesibilidad.
IX. Que parte de las obras realizadas por Renfe Viajeros además de favorecer la
accesibilidad del recinto ferroviario, serán también beneficiosas para la población de
Ortuella, pudiéndose utilizar por personas que no requieran de los servicios ferroviarios,
al convertir la pasarela municipal en accesible, para el municipio.
X. Que con motivo de las obras referidas para proyecto de mejora de la
accesibilidad de la estación de Sagrada Familia y estando todas las partes
comprometidas con la accesibilidad de la estación y la seguridad de los viajeros se han
venido mantenido reuniones para estudiar cómo favorecer el acceso al ferrocarril y
facilitar el uso de las instalaciones por la población de Ortuella.
XI. Que Renfe Viajeros suscribió con fecha 18 de diciembre de 2018 un contrato con
la Administración General del Estado, para la prestación de los Servicios Públicos de
transporte de viajeros por ferrocarril de Cercanías, Media Distancia Convencional, Alta
Velocidad Media Distancia (Avant) y Ancho Métrico, competencia de la Administración
General del Estado, sujetos a obligaciones de Servicio Público para el periodo 2018-2027
que en ningún caso se ve afectado por lo establecido en el presente convenio.
XII. Las partes intervinientes darán cuenta y obtendrán la aprobación del presente
convenio por parte de sus órganos competentes correspondientes.
En virtud de lo expresado en las exposiciones anteriores, se acuerda suscribir el
presente convenio con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
– La instalación de un ascensor de uso mixto que sustituya las rampas existentes.
– Desmontaje de la rampa municipal instalada provisionalmente para permitir el
acceso a la pasarela.
– Las actuaciones de mejora de la iluminación, pavimento y barandillas de la
pasarela que da acceso a los barrios de La Ralera y Golifar.
Asimismo, se establecen las condiciones de uso mixto, municipal y ferroviario, del
ascensor y accesos incluidas, el mantenimiento, conservación, limpieza y seguridad del
ascensor.
cve: BOE-A-2025-16036
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de este convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre
las partes para la mejora de la accesibilidad de la estación.
Para ello, se realizarán las siguientes actuaciones:
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104708
Que el citado convenio de 7 de septiembre de 2011, establece en su Acuerdo VI, que
Renfe-Operadora se compromete a realizar todas las inversiones que correspondan de
acuerdo con lo definido en la clausula VIII del citado convenio, a las estaciones
reflejadas, en el anexo I, entre las que se encuentra la citada Estación.
VIII. Que la estación de Sagrada Familia cuenta con un edificio de viajeros a nivel
de superficie con un andén en vía única. Dicho edificio dispone de sistemas de
información al viajero a través de megafonía, teleindicadores y cronometría en anden y
vestíbulo, máquinas auto venta y canceladoras.
Existe, así mismo, una pasarela peatonal municipal, sobre la propia estación de
Sagrada Familia, que comunica la calle Catalina Gibaja, con el barrio Golifar, La Raleda,
el polígono industrial Granada y las zonas de esparcimiento de las balsas. Dicha
pasarela, dispone de un ascensor de gestión municipal, en el lado opuesto a la estación.
Que, para la mejora de la estación, Renfe Viajeros está realizando diferentes
actuaciones cuyo objetivo es la mejora de la accesibilidad.
IX. Que parte de las obras realizadas por Renfe Viajeros además de favorecer la
accesibilidad del recinto ferroviario, serán también beneficiosas para la población de
Ortuella, pudiéndose utilizar por personas que no requieran de los servicios ferroviarios,
al convertir la pasarela municipal en accesible, para el municipio.
X. Que con motivo de las obras referidas para proyecto de mejora de la
accesibilidad de la estación de Sagrada Familia y estando todas las partes
comprometidas con la accesibilidad de la estación y la seguridad de los viajeros se han
venido mantenido reuniones para estudiar cómo favorecer el acceso al ferrocarril y
facilitar el uso de las instalaciones por la población de Ortuella.
XI. Que Renfe Viajeros suscribió con fecha 18 de diciembre de 2018 un contrato con
la Administración General del Estado, para la prestación de los Servicios Públicos de
transporte de viajeros por ferrocarril de Cercanías, Media Distancia Convencional, Alta
Velocidad Media Distancia (Avant) y Ancho Métrico, competencia de la Administración
General del Estado, sujetos a obligaciones de Servicio Público para el periodo 2018-2027
que en ningún caso se ve afectado por lo establecido en el presente convenio.
XII. Las partes intervinientes darán cuenta y obtendrán la aprobación del presente
convenio por parte de sus órganos competentes correspondientes.
En virtud de lo expresado en las exposiciones anteriores, se acuerda suscribir el
presente convenio con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
– La instalación de un ascensor de uso mixto que sustituya las rampas existentes.
– Desmontaje de la rampa municipal instalada provisionalmente para permitir el
acceso a la pasarela.
– Las actuaciones de mejora de la iluminación, pavimento y barandillas de la
pasarela que da acceso a los barrios de La Ralera y Golifar.
Asimismo, se establecen las condiciones de uso mixto, municipal y ferroviario, del
ascensor y accesos incluidas, el mantenimiento, conservación, limpieza y seguridad del
ascensor.
cve: BOE-A-2025-16036
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de este convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre
las partes para la mejora de la accesibilidad de la estación.
Para ello, se realizarán las siguientes actuaciones: