Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-15923)
Resolución de 23 de julio de 2025, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para colaborar en la realización conjunta del seminario «Seguridad y Ciberseguridad en Transporte: Nuevas Tendencias para la protección física y digital en la Movilidad del Futuro».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103690
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III.
Compromiso económico.
i. La UIMP asumirá directamente con sus propios medios la financiación de las
actuaciones que gestiona de acuerdo con lo indicado en el apartado II de esta cláusula,
que se presupuestan en un máximo de veintiún mil ciento cincuenta euros (21.150.00 €).
Esto no implica un pago a la UPM.
Este importe corresponde a los costes generales de funcionamiento de servicios e
infraestructuras para el conjunto de su programación de verano en Santander que se
repercuten a este seminario (difusión, programa, cuadernos, carpetas y otros materiales,
becas de la convocatoria general de la UIMP e infraestructura de mantenimiento locales,
limpieza, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico por
estos conceptos vinculado a este convenio. Estos costes se tramitan mediante contratos
generales, independientes de este convenio, con cargo a su presupuesto ordinario
(diferentes aplicaciones presupuestarias de acuerdo a la diferente naturaleza de cada
gasto).
ii. La UIMP gestionará, conforme a su normativa interna, la matrícula de los
alumnos asistentes. Los ingresos obtenidos por este concepto quedarán a cargo de la
UIMP y no se transferirán a la UPM, y se destinarán exclusivamente a cubrir parte de los
costes generales que asume la UIMP. Dado el precio de la matrícula y el número de
alumnos previstos, los ingresos por matrícula no van a ser superiores a los costes
generales que asume la UIMP, pero, no obstante, la UIMP presentará a la UPM una
certificación final, una vez celebrado el seminario, en la que se acredite este extremo.
Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
seminario se destacará la colaboración de la UPM con la UIMP, respetando en todo caso
los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin. Dado que,
como se ha indicado en la cláusula segunda, la UPM manifiesta que la aportación que
hace a la UIMP en virtud de este convenio procede de fondos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de la Unión Europea-NextGenerationEU, deberán figurar
también en todos los medios, soportes y documentos los logotipos de dicho Plan.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el seminario en ejecución de este convenio, así como
de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que en el futuro alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del seminario
deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
seminario, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
cve: BOE-A-2025-15923
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103690
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III.
Compromiso económico.
i. La UIMP asumirá directamente con sus propios medios la financiación de las
actuaciones que gestiona de acuerdo con lo indicado en el apartado II de esta cláusula,
que se presupuestan en un máximo de veintiún mil ciento cincuenta euros (21.150.00 €).
Esto no implica un pago a la UPM.
Este importe corresponde a los costes generales de funcionamiento de servicios e
infraestructuras para el conjunto de su programación de verano en Santander que se
repercuten a este seminario (difusión, programa, cuadernos, carpetas y otros materiales,
becas de la convocatoria general de la UIMP e infraestructura de mantenimiento locales,
limpieza, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico por
estos conceptos vinculado a este convenio. Estos costes se tramitan mediante contratos
generales, independientes de este convenio, con cargo a su presupuesto ordinario
(diferentes aplicaciones presupuestarias de acuerdo a la diferente naturaleza de cada
gasto).
ii. La UIMP gestionará, conforme a su normativa interna, la matrícula de los
alumnos asistentes. Los ingresos obtenidos por este concepto quedarán a cargo de la
UIMP y no se transferirán a la UPM, y se destinarán exclusivamente a cubrir parte de los
costes generales que asume la UIMP. Dado el precio de la matrícula y el número de
alumnos previstos, los ingresos por matrícula no van a ser superiores a los costes
generales que asume la UIMP, pero, no obstante, la UIMP presentará a la UPM una
certificación final, una vez celebrado el seminario, en la que se acredite este extremo.
Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
seminario se destacará la colaboración de la UPM con la UIMP, respetando en todo caso
los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin. Dado que,
como se ha indicado en la cláusula segunda, la UPM manifiesta que la aportación que
hace a la UIMP en virtud de este convenio procede de fondos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de la Unión Europea-NextGenerationEU, deberán figurar
también en todos los medios, soportes y documentos los logotipos de dicho Plan.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el seminario en ejecución de este convenio, así como
de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que en el futuro alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del seminario
deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
seminario, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
cve: BOE-A-2025-15923
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.