Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15906)
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y Cepsa Algerie, SL, para el desarrollo de actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes en Argelia en 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103432
El abono de esta aportación se efectuará por Cepsa Algerie, SL, en el mes de enero
de 2026, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente titularidad del Instituto
Cervantes que este le indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a Cepsa Algerie, SL, la oportuna certificación acreditativa de la
aportación realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
Mecenazgo y su reglamento de desarrollo, según el modelo incluido como anejo I.
El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente a las actividades de interés general contempladas en el presente
convenio.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos, humanos y/o materiales, que
resulten necesarios para el cumplimiento de las actividades culturales y académicas a
que se refiere la cláusula primera y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
La difusión que el Instituto Cervantes realice, de acuerdo con lo establecido en el
presente convenio, de la participación de Cepsa Algerie, SL en sus actividades, no
constituirá una prestación de servicios, en virtud de la aplicación a este convenio del
artículo 25, apartado 1, párrafo 2.º de la Ley 49/2002, relativo a los convenios de
colaboración empresarial en actividades de interés general. En vista de lo anterior, este
convenio no está sujeto a IVA.
Tercera. Difusión.
En tanto el presente convenio permanezca eficaz, el Instituto Cervantes se
compromete a difundir por cualquiera de los medios que utilice habitualmente la
participación de Cepsa Algerie, SL en las actividades objeto de este convenio.
En concreto, el Instituto Cervantes se compromete a insertar la marca, denominación
o logo que le sea proporcionada por Cepsa Algerie, SL, en cuantos materiales,
comunicaciones o páginas web se divulguen, publiquen o editen en relación con las
actividades objeto de la presente colaboración, así como a mencionar la colaboración de
Cepsa Algerie, SL, en todos los actos de difusión de dichas actividades. En este sentido,
el Instituto Cervantes se compromete a no utilizar fuera de los casos previstos en el
presente convenio la marca, denominación o logo de Cepsa Algerie, SL, así como a no
dañar su imagen bajo ningún concepto.
Cepsa Algerie, SL, podrá, asimismo, hacer pública y difundir, por sus propios medios
la aportación a las actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes, para mejor difusión y conocimiento de la
colaboración que es objeto de este convenio, podrán acordar la realización de actos
institucionales, de inauguración o de presentación pública de la actividad de
colaboración. En tales actos, las partes podrán utilizar sus logotipos o signos distintivos
conforme a las condiciones que acuerden.
Compromiso de comportamiento ético.
El Instituto Cervantes actuará de acuerdo con la normativa interna de obligado
cumplimiento para Cepsa Algerie, SL, en materia de Buen Gobierno ética y conducta de
colaboradores y proveedores, cuyo contenido el Instituto Cervantes declara conocer, en
la medida en que la misma le sea aplicable a esta parte, atendidas las características
particulares de la colaboración entre las partes.
Las partes acuerdan cumplir con todas las leyes, normas, reglamentos, decretos y/u
órdenes gubernamentales oficiales relacionadas con la lucha contra la corrupción y el
lavado de dinero. En este sentido, cada parte garantiza que ni ella ni sus directores,
funcionarios o empleados han autorizado, solicitado o aceptado ningún obsequio, ventaja
indebida, financiera o de otro tipo (o implícito que lo harán o podrán hacerlo), presente o
futuro, directo o indirecto, relacionado de alguna manera con el objeto de este acuerdo.
cve: BOE-A-2025-15906
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103432
El abono de esta aportación se efectuará por Cepsa Algerie, SL, en el mes de enero
de 2026, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente titularidad del Instituto
Cervantes que este le indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a Cepsa Algerie, SL, la oportuna certificación acreditativa de la
aportación realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
Mecenazgo y su reglamento de desarrollo, según el modelo incluido como anejo I.
El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente a las actividades de interés general contempladas en el presente
convenio.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos, humanos y/o materiales, que
resulten necesarios para el cumplimiento de las actividades culturales y académicas a
que se refiere la cláusula primera y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
La difusión que el Instituto Cervantes realice, de acuerdo con lo establecido en el
presente convenio, de la participación de Cepsa Algerie, SL en sus actividades, no
constituirá una prestación de servicios, en virtud de la aplicación a este convenio del
artículo 25, apartado 1, párrafo 2.º de la Ley 49/2002, relativo a los convenios de
colaboración empresarial en actividades de interés general. En vista de lo anterior, este
convenio no está sujeto a IVA.
Tercera. Difusión.
En tanto el presente convenio permanezca eficaz, el Instituto Cervantes se
compromete a difundir por cualquiera de los medios que utilice habitualmente la
participación de Cepsa Algerie, SL en las actividades objeto de este convenio.
En concreto, el Instituto Cervantes se compromete a insertar la marca, denominación
o logo que le sea proporcionada por Cepsa Algerie, SL, en cuantos materiales,
comunicaciones o páginas web se divulguen, publiquen o editen en relación con las
actividades objeto de la presente colaboración, así como a mencionar la colaboración de
Cepsa Algerie, SL, en todos los actos de difusión de dichas actividades. En este sentido,
el Instituto Cervantes se compromete a no utilizar fuera de los casos previstos en el
presente convenio la marca, denominación o logo de Cepsa Algerie, SL, así como a no
dañar su imagen bajo ningún concepto.
Cepsa Algerie, SL, podrá, asimismo, hacer pública y difundir, por sus propios medios
la aportación a las actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes, para mejor difusión y conocimiento de la
colaboración que es objeto de este convenio, podrán acordar la realización de actos
institucionales, de inauguración o de presentación pública de la actividad de
colaboración. En tales actos, las partes podrán utilizar sus logotipos o signos distintivos
conforme a las condiciones que acuerden.
Compromiso de comportamiento ético.
El Instituto Cervantes actuará de acuerdo con la normativa interna de obligado
cumplimiento para Cepsa Algerie, SL, en materia de Buen Gobierno ética y conducta de
colaboradores y proveedores, cuyo contenido el Instituto Cervantes declara conocer, en
la medida en que la misma le sea aplicable a esta parte, atendidas las características
particulares de la colaboración entre las partes.
Las partes acuerdan cumplir con todas las leyes, normas, reglamentos, decretos y/u
órdenes gubernamentales oficiales relacionadas con la lucha contra la corrupción y el
lavado de dinero. En este sentido, cada parte garantiza que ni ella ni sus directores,
funcionarios o empleados han autorizado, solicitado o aceptado ningún obsequio, ventaja
indebida, financiera o de otro tipo (o implícito que lo harán o podrán hacerlo), presente o
futuro, directo o indirecto, relacionado de alguna manera con el objeto de este acuerdo.
cve: BOE-A-2025-15906
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.