Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. I. Disposiciones generales. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2025-15846)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal Agencia Espacial Española, por la que se crea y se regula su sede electrónica.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 103259
i) Relación actualizada de las actuaciones administrativas automatizadas
vinculadas a los servicios, procedimientos y trámites descritos en la letra anterior. Cada
una se acompañará de la descripción de su diseño y funcionamiento, los mecanismos de
rendición de cuentas y transparencia, así como los datos utilizados en su configuración y
aprendizaje.
2. La sede electrónica de la Agencia Espacial Española pondrá a disposición de las
personas interesadas los servicios previstos en el artículo 11.2 del Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, concretamente:
a) Un acceso a los servicios y trámites disponibles en la sede electrónica, con
indicación de los plazos máximos de duración de los procedimientos, excluyendo las
posibles ampliaciones o suspensiones que en su caso, pudiera acordar el órgano
competente.
b) Un enlace para la formulación de sugerencias y quejas ante los órganos que en
cada caso resulten competentes.
c) Los mecanismos de comunicación y procedimiento de reclamación establecidos
al respecto de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del
sector público.
d) Un sistema de verificación de los certificados de la sede electrónica.
e) Un sistema de verificación de los sellos electrónicos utilizados por la Agencia
Espacial Española y sus órganos y unidades dependientes.
f) Un servicio de comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos
emitidos por la Agencia Espacial Española y sus órganos y unidades dependientes, que
hayan sido firmados por cualquiera de los sistemas de firma conformes a la Ley 40/2015,
1 de octubre, y para los cuales se haya generado un código seguro de verificación.
g) Un acceso a los modelos, y sistemas de presentación masiva, de uso voluntario,
que permitan a las personas interesadas presentar simultáneamente varias solicitudes
en la forma que establezca, en su caso, la Agencia Espacial Española.
h) El acceso a los modelos normalizados de presentación de solicitudes que
establezca, en su caso, la Agencia Espacial Española.
i) Un servicio de consulta del directorio geográfico de oficinas de asistencia en
materia de registros, que permita al interesado identificar la más próxima a su dirección
de consulta.
3. La publicación en la sede electrónica de informaciones, servicios y transacciones
respetará los principios de accesibilidad y uso de acuerdo con las normas establecidas al
respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso
generalizado por los ciudadanos.
4. Los contenidos publicados en la sede responderán a los criterios de seguridad e
interoperabilidad que se derivan del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se
regula el Esquema Nacional de Seguridad, así como del Real Decreto 4/2010, de 8 de
enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad, en aplicación de lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
5. La sede electrónica de la Agencia Espacial Española utilizará certificado
cualificado de autenticación de sitio web para su identificación, de acuerdo con el
artículo 18.2 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos.
cve: BOE-A-2025-15846
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 103259
i) Relación actualizada de las actuaciones administrativas automatizadas
vinculadas a los servicios, procedimientos y trámites descritos en la letra anterior. Cada
una se acompañará de la descripción de su diseño y funcionamiento, los mecanismos de
rendición de cuentas y transparencia, así como los datos utilizados en su configuración y
aprendizaje.
2. La sede electrónica de la Agencia Espacial Española pondrá a disposición de las
personas interesadas los servicios previstos en el artículo 11.2 del Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, concretamente:
a) Un acceso a los servicios y trámites disponibles en la sede electrónica, con
indicación de los plazos máximos de duración de los procedimientos, excluyendo las
posibles ampliaciones o suspensiones que en su caso, pudiera acordar el órgano
competente.
b) Un enlace para la formulación de sugerencias y quejas ante los órganos que en
cada caso resulten competentes.
c) Los mecanismos de comunicación y procedimiento de reclamación establecidos
al respecto de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del
sector público.
d) Un sistema de verificación de los certificados de la sede electrónica.
e) Un sistema de verificación de los sellos electrónicos utilizados por la Agencia
Espacial Española y sus órganos y unidades dependientes.
f) Un servicio de comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos
emitidos por la Agencia Espacial Española y sus órganos y unidades dependientes, que
hayan sido firmados por cualquiera de los sistemas de firma conformes a la Ley 40/2015,
1 de octubre, y para los cuales se haya generado un código seguro de verificación.
g) Un acceso a los modelos, y sistemas de presentación masiva, de uso voluntario,
que permitan a las personas interesadas presentar simultáneamente varias solicitudes
en la forma que establezca, en su caso, la Agencia Espacial Española.
h) El acceso a los modelos normalizados de presentación de solicitudes que
establezca, en su caso, la Agencia Espacial Española.
i) Un servicio de consulta del directorio geográfico de oficinas de asistencia en
materia de registros, que permita al interesado identificar la más próxima a su dirección
de consulta.
3. La publicación en la sede electrónica de informaciones, servicios y transacciones
respetará los principios de accesibilidad y uso de acuerdo con las normas establecidas al
respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso
generalizado por los ciudadanos.
4. Los contenidos publicados en la sede responderán a los criterios de seguridad e
interoperabilidad que se derivan del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se
regula el Esquema Nacional de Seguridad, así como del Real Decreto 4/2010, de 8 de
enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad, en aplicación de lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
5. La sede electrónica de la Agencia Espacial Española utilizará certificado
cualificado de autenticación de sitio web para su identificación, de acuerdo con el
artículo 18.2 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos.
cve: BOE-A-2025-15846
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 183