Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15918)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico FV Vizmalo, de 113,016 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Palencia y Burgos».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103660
que se someterá a un monitoreo ambiental continuado durante las obras y a lo largo de
un periodo de cuatro años. Asimismo, el promotor indica que se ha calculado el régimen
de inundación de los cauces cercanos a las instalaciones proyectadas, situándolas fuera
de la superficie inundable para un periodo de retorno de 500 años. Por tanto, concluye
que la actuación no se verá afectada por dichas inundaciones, si bien plantea las
medidas, ya citadas, de retranqueo de arquetas, elementos eléctricos o estructuras
críticas fuera del dominio público hidráulico y sus zonas de servidumbre y de desarrollo
de un plan de contingencia para actuar en caso de inundaciones.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León indica que, con el objeto de evitar la posible propagación del fuego, de la planta
fotovoltaica al monte o del monte a la planta, y, no dificultar las labores propias de la
gestión de la masa forestal, el vallado perimetral del ámbito del proyecto, en sus límites
coincidentes con terrenos de monte, tanto de utilidad pública como de propiedad privada
deberá establecerse a una distancia de al menos 10 metros de la zona arbolada. En
cualquier caso, se atenderá a todas las medidas preventivas y prohibiciones incluidas en
la Orden anual de la Junta de Castilla y León en la que se establecen normas sobre el
uso del fuego y se fijan medidas preventivas para la lucha contra los incendios
forestales. Además, las viviendas, edificaciones, instalaciones aisladas, zonas
ajardinadas, instalaciones de carácter industrial, ubicadas en el ámbito de la mencionada
Orden, deberán estar dotadas de una franja perimetral de seguridad de 25 m de anchura
mínima, libre de residuos y vegetación seca y con la masa arbórea y arbustiva aclarada.
El promotor asume dicha medida.
La Confederación Hidrográfica del Duero del MITECO informa que los cauces
cercanos a las instalaciones proyectadas se sitúan fuera de la superficie inundable para
un periodo de retorno de 500 años, por lo que la actuación no se verá afectada por
inundaciones.
La Agencia de Protección Civil y Emergencias de la Junta de Castilla y León indica
que, en cuanto al riesgo de inundación, el Plan de Protección Civil de Castilla y León
señala que el municipio de Castrojeriz cuenta con un riesgo medio, mientras que Revilla
Vallejera y Palenzuela es bajo y Vallejera no tiene riesgo. Por otro lado, en cuanto al
riesgo de incendios forestales, es bajo o muy bajo el índice de riesgo local y de
peligrosidad para todos los municipios. En el caso de los municipios de Revilla Vallejera y
Palenzuela, ambos tienen un riesgo alto ante emergencias por accidentes en el
transporte de mercancías peligrosas por carretera y medio por ferrocarril. Los otros
municipios no han sido delimitados. Asimismo, el organismo señala que el proyecto no
se encuentra afectado por la Zona de Alerta e Intervención de los establecimientos
afectados por la Directiva Seveso. Finalmente, ninguna de las actuaciones que se
planifiquen, ni los diferentes usos que se asignen al suelo deben incrementar el riesgo
hacia las personas, sus bienes y el medio ambiente. Si alguna de las actuaciones
derivadas de la modificación/aprobación pudiera aumentar el riesgo sobre las personas,
sus bienes o el medio ambiente, deberá hacerse un análisis previo, indicando el grado
de afección, así como las medidas necesarias para evitar incrementar dichos riesgos.
El promotor se muestra conforme con lo requerido por el organismo y establece un
protocolo para garantizar el transporte seguro de transformadores hacia la planta solar
fotovoltaica en alineación con el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transportes
de Mercancías Peligrosas de Castilla y León. Dicho protocolo incluye medidas como:
identificar y mapear las rutas de transporte de mercancías peligrosas en las
proximidades de la planta solar, priorizando aquellas con riesgo alto y medio; establecer
un sistema de señalización específico para informar sobre riesgos y rutas de evacuación
seguras; diseñar accesos que permitan una evacuación rápida desde las áreas de
riesgo; desarrollar un plan de autoprotección que contemple protocolos específicos ante
incidentes relacionados con el transporte de mercancías peligrosas; formar al personal
en la gestión de emergencias y medidas preventivas vinculadas al transporte de
sustancias peligrosas; establecer mecanismos de coordinación directa con Protección
Civil; participar en simulacros de emergencia organizados por las autoridades; y, revisar
cve: BOE-A-2025-15918
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 183
Jueves 31 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 103660
que se someterá a un monitoreo ambiental continuado durante las obras y a lo largo de
un periodo de cuatro años. Asimismo, el promotor indica que se ha calculado el régimen
de inundación de los cauces cercanos a las instalaciones proyectadas, situándolas fuera
de la superficie inundable para un periodo de retorno de 500 años. Por tanto, concluye
que la actuación no se verá afectada por dichas inundaciones, si bien plantea las
medidas, ya citadas, de retranqueo de arquetas, elementos eléctricos o estructuras
críticas fuera del dominio público hidráulico y sus zonas de servidumbre y de desarrollo
de un plan de contingencia para actuar en caso de inundaciones.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León indica que, con el objeto de evitar la posible propagación del fuego, de la planta
fotovoltaica al monte o del monte a la planta, y, no dificultar las labores propias de la
gestión de la masa forestal, el vallado perimetral del ámbito del proyecto, en sus límites
coincidentes con terrenos de monte, tanto de utilidad pública como de propiedad privada
deberá establecerse a una distancia de al menos 10 metros de la zona arbolada. En
cualquier caso, se atenderá a todas las medidas preventivas y prohibiciones incluidas en
la Orden anual de la Junta de Castilla y León en la que se establecen normas sobre el
uso del fuego y se fijan medidas preventivas para la lucha contra los incendios
forestales. Además, las viviendas, edificaciones, instalaciones aisladas, zonas
ajardinadas, instalaciones de carácter industrial, ubicadas en el ámbito de la mencionada
Orden, deberán estar dotadas de una franja perimetral de seguridad de 25 m de anchura
mínima, libre de residuos y vegetación seca y con la masa arbórea y arbustiva aclarada.
El promotor asume dicha medida.
La Confederación Hidrográfica del Duero del MITECO informa que los cauces
cercanos a las instalaciones proyectadas se sitúan fuera de la superficie inundable para
un periodo de retorno de 500 años, por lo que la actuación no se verá afectada por
inundaciones.
La Agencia de Protección Civil y Emergencias de la Junta de Castilla y León indica
que, en cuanto al riesgo de inundación, el Plan de Protección Civil de Castilla y León
señala que el municipio de Castrojeriz cuenta con un riesgo medio, mientras que Revilla
Vallejera y Palenzuela es bajo y Vallejera no tiene riesgo. Por otro lado, en cuanto al
riesgo de incendios forestales, es bajo o muy bajo el índice de riesgo local y de
peligrosidad para todos los municipios. En el caso de los municipios de Revilla Vallejera y
Palenzuela, ambos tienen un riesgo alto ante emergencias por accidentes en el
transporte de mercancías peligrosas por carretera y medio por ferrocarril. Los otros
municipios no han sido delimitados. Asimismo, el organismo señala que el proyecto no
se encuentra afectado por la Zona de Alerta e Intervención de los establecimientos
afectados por la Directiva Seveso. Finalmente, ninguna de las actuaciones que se
planifiquen, ni los diferentes usos que se asignen al suelo deben incrementar el riesgo
hacia las personas, sus bienes y el medio ambiente. Si alguna de las actuaciones
derivadas de la modificación/aprobación pudiera aumentar el riesgo sobre las personas,
sus bienes o el medio ambiente, deberá hacerse un análisis previo, indicando el grado
de afección, así como las medidas necesarias para evitar incrementar dichos riesgos.
El promotor se muestra conforme con lo requerido por el organismo y establece un
protocolo para garantizar el transporte seguro de transformadores hacia la planta solar
fotovoltaica en alineación con el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transportes
de Mercancías Peligrosas de Castilla y León. Dicho protocolo incluye medidas como:
identificar y mapear las rutas de transporte de mercancías peligrosas en las
proximidades de la planta solar, priorizando aquellas con riesgo alto y medio; establecer
un sistema de señalización específico para informar sobre riesgos y rutas de evacuación
seguras; diseñar accesos que permitan una evacuación rápida desde las áreas de
riesgo; desarrollar un plan de autoprotección que contemple protocolos específicos ante
incidentes relacionados con el transporte de mercancías peligrosas; formar al personal
en la gestión de emergencias y medidas preventivas vinculadas al transporte de
sustancias peligrosas; establecer mecanismos de coordinación directa con Protección
Civil; participar en simulacros de emergencia organizados por las autoridades; y, revisar
cve: BOE-A-2025-15918
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 183