Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15822)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Parques eólicos «Arlo» de 102 MW, «Argestes» de 96 MW, «Céfiro» de 192 MW y «Paucali» de 114 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Teruel, Zaragoza y Tarragona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Miércoles 30 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 103065

diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, EsIA, el resultado de la
información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación
complementaria aportada por los promotores y las consultas adicionales realizadas.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Parques eólicos «Arlo» de 102
MW, «Argestes» de 96 MW, «Céfiro» de 192 MW y «Paucali» de 114 MW, y sus
infraestructuras de evacuación en las provincias de Teruel, Zaragoza y Tarragona», al
haberse identificado la posibilidad de que el proyecto genere impactos negativos
significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas no presentan
garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 8 de julio de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental,
Marta Gómez Palenque.
ANEXO
Tabla 1. Relación de consultas a las administraciones públicas afectadas e
interesados y contestaciones durante el proceso de información pública
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones*
Consultados

Contestación

Administración estatal
AESA - Servidumbres aeronáuticas. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

NO

Confederación Hidrográfica del Ebro. Ministerio para la Transición Energética y el Reto Demográfico.



Dirección General de Aviación Civil. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Ministerio para la Transición Energética y el Reto Demográfico.

NO

Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



Subdirección General de Operadores de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales. Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.



Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).



Dirección General de Patrimonio Cultural. Departamento de Educación, Cultura y Deporte.



Dirección General de Salud Pública. Departamento de Sanidad.



Dirección General de Interior y Protección Civil. Servicio de Seguridad y Protección Civil. Departamento de Presidencia y Relaciones
Institucionales.



Dirección General de Carreteras. Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.



Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón (COTA). Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.



cve: BOE-A-2025-15822
Verificable en https://www.boe.es

Administración autonómica: Gobierno de Aragón