Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2025-15811)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, la Comunidad Foral de Navarra y la Universidad de Navarra, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Miércoles 30 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 102736

a Navarra: 1. Ejercer todas las facultades que las Leyes Orgánicas del Poder Judicial y
del Consejo General del Poder Judicial reconozcan y atribuyan al Gobierno del Estado.
Participar en la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos
jurisdiccionales que ejerzan sus funciones en Navarra y en la localización de su
capitalidad.
Asimismo, el Decreto Foral 254/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la
estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, establece
que corresponde a dicho Departamento ejercer las competencias atribuidas a la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra en materia de Administración de
Justicia.
Séptimo.
Uno de los fines de la Universidad de Navarra es el de la preparación académica y
profesional de los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y para dar
cumplimiento a este objetivo, resulta de interés la organización de prácticas externas que
completen los conocimientos adquiridos en las aulas.
Octavo.
Las instituciones firmantes manifiestan su más amplia coincidencia en diversos fines
de interés común, siendo uno de ellos el de la formación integral de alumnado
universitario, a través de una formación que combine la teoría y la práctica.
Noveno.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, desarrolla aspectos tales como los
objetivos de las prácticas, las entidades colaboradoras y los destinatarios, requisitos,
tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa. Además, dicha
regulación ha de promover la incorporación de estudiantes en prácticas en el ámbito de las
administraciones públicas, impulsando la empleabilidad de los futuros profesionales,
fomentando su capacidad de emprendimiento, creatividad e innovación y dando respuesta
al compromiso con la transformación económica basada en la sociedad del conocimiento.
Décimo.
El presente convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en
juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio,
por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de
profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundará en una mayor calidad de la misma.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad de Navarra pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la
Comunidad Foral de Navarra de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y compromisos de las partes.

Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado

cve: BOE-A-2025-15811
Verificable en https://www.boe.es

Undécimo.