Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Municipios. Mancomunidades. (BOE-A-2025-15738)
Resolución PRE/2527/2025, de 1 de julio, por la que se publica la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad Deltatres, que pasa a denominarse Mancomunidad DeltaGestió.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 102433
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
15738
Resolución PRE/2527/2025, de 1 de julio, por la que se publica la aprobación
de la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad Deltatres, que pasa
a denominarse Mancomunidad DeltaGestió.
El 30 de julio de 2024, la Comisión Gestora de la Mancomunidad Deltatres, que pasa
a denominarse Mancomunidad DeltaGestió, aprobó definitivamente la modificación de
sus Estatutos. Esta modificación ha sido aprobada por los plenos de los ayuntamientos
que forman parte de ella.
Los cambios que se proponen se refieren a la ampliación del actual objeto y las
actividades para la ejecución de las obras y los servicios de competencia municipal que
determinan los Estatutos, la incorporación de nuevos miembros y su transformación en
Mancomunidad DeltaGestió.
De acuerdo con lo que determina el artículo 50 del Decreto 244/2007, de 6 de
noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los
municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades
de Cataluña, resuelvo:
Dar publicidad a la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad Deltatres, que
pasa a denominarse Mancomunidad DeltaGestió, que figura en el anexo, aprobada por
la Comisión Gestora de la Mancomunidad en la sesión de 30 de julio de 2024.
Barcelona, 1 de julio de 2025.–El Director general de Administración Local, Francisco
José Belver Vallès.
ANEXO
Modificación de los Estatutos de la Mancomunidad Deltatres
1. La Mancomunidad se constituye con la denominación "Mancomunidad
DeltaGestió" en el ejercicio del derecho de asociación que tienen reconocido como
una mancomunidad los municipios de L'Aldea, Camarles, Deltebre, L'Ampolla y
Sant Jaume d'Enveja, abierta a la incorporación de otros municipios del ámbito
territorial de El Delta de l'Ebre para la ejecución de las obras y servicios de
competencia municipal determinados en estos estatutos.
2. En todo aquello que no prevean estos estatutos serán de aplicación directa
los preceptos de la legislación de régimen local vigente y especialmente el artículo 44
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, los
artículos 35 y siguientes del Decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril, el Decreto
legislativo 2/2003 de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
municipal y de régimen local de Cataluña y el Decreto 244/2007 de 6 de noviembre,
por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de
las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña.
3. La Mancomunidad tiene personalidad y capacidad jurídica para el
cumplimiento de sus fines específicos y se rige por los presentes estatutos.
Artículo 2. Ámbito subjetivo. Municipios que integran la Mancomunidad.
1. Los municipios asociados a la Mancomunidad son los siguientes: L'Aldea
(Baix Ebre), Camarles (Baix Ebre), Deltebre (Baix Ebre), L'Ampolla (Baix Ebre) y
cve: BOE-A-2025-15738
Verificable en https://www.boe.es
«Artículo 1. Denominación y régimen jurídico.
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 102433
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
15738
Resolución PRE/2527/2025, de 1 de julio, por la que se publica la aprobación
de la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad Deltatres, que pasa
a denominarse Mancomunidad DeltaGestió.
El 30 de julio de 2024, la Comisión Gestora de la Mancomunidad Deltatres, que pasa
a denominarse Mancomunidad DeltaGestió, aprobó definitivamente la modificación de
sus Estatutos. Esta modificación ha sido aprobada por los plenos de los ayuntamientos
que forman parte de ella.
Los cambios que se proponen se refieren a la ampliación del actual objeto y las
actividades para la ejecución de las obras y los servicios de competencia municipal que
determinan los Estatutos, la incorporación de nuevos miembros y su transformación en
Mancomunidad DeltaGestió.
De acuerdo con lo que determina el artículo 50 del Decreto 244/2007, de 6 de
noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los
municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades
de Cataluña, resuelvo:
Dar publicidad a la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad Deltatres, que
pasa a denominarse Mancomunidad DeltaGestió, que figura en el anexo, aprobada por
la Comisión Gestora de la Mancomunidad en la sesión de 30 de julio de 2024.
Barcelona, 1 de julio de 2025.–El Director general de Administración Local, Francisco
José Belver Vallès.
ANEXO
Modificación de los Estatutos de la Mancomunidad Deltatres
1. La Mancomunidad se constituye con la denominación "Mancomunidad
DeltaGestió" en el ejercicio del derecho de asociación que tienen reconocido como
una mancomunidad los municipios de L'Aldea, Camarles, Deltebre, L'Ampolla y
Sant Jaume d'Enveja, abierta a la incorporación de otros municipios del ámbito
territorial de El Delta de l'Ebre para la ejecución de las obras y servicios de
competencia municipal determinados en estos estatutos.
2. En todo aquello que no prevean estos estatutos serán de aplicación directa
los preceptos de la legislación de régimen local vigente y especialmente el artículo 44
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, los
artículos 35 y siguientes del Decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril, el Decreto
legislativo 2/2003 de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
municipal y de régimen local de Cataluña y el Decreto 244/2007 de 6 de noviembre,
por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de
las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña.
3. La Mancomunidad tiene personalidad y capacidad jurídica para el
cumplimiento de sus fines específicos y se rige por los presentes estatutos.
Artículo 2. Ámbito subjetivo. Municipios que integran la Mancomunidad.
1. Los municipios asociados a la Mancomunidad son los siguientes: L'Aldea
(Baix Ebre), Camarles (Baix Ebre), Deltebre (Baix Ebre), L'Ampolla (Baix Ebre) y
cve: BOE-A-2025-15738
Verificable en https://www.boe.es
«Artículo 1. Denominación y régimen jurídico.