Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-15704)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 11, por la que se suspende la inscripción de una certificación de adjudicación de auto y un mandamiento de cancelación de cargas expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por existir anotada, con posterioridad a la carga ejecutada, una anotación preventiva de prohibición de disponer practicada en virtud de mandamiento expedido por la Fiscalía Europea de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101847
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15704
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 11, por la que se suspende la
inscripción de una certificación de adjudicación de auto y un mandamiento de
cancelación de cargas expedido por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, por existir anotada, con posterioridad a la carga ejecutada, una
anotación preventiva de prohibición de disponer practicada en virtud de
mandamiento expedido por la Fiscalía Europea de Madrid.
En el recurso interpuesto por don D. P. F., abogado del Estado, en nombre y
representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, contra la nota de
calificación de la registradora de la Propiedad de Madrid número 11, María de los
Ángeles Galto-Durán Rivera, por la que se suspende la inscripción de una certificación
de adjudicación de auto y un mandamiento de cancelación de cargas expedido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por existir anotada, con posterioridad a la
carga ejecutada, un anotación preventiva de prohibición de disponer practicada en virtud
de mandamiento expedido por la Fiscalía Europea de Madrid.
Hechos
I
Se expidió por el presidente de la Mesa de Subasta, con fecha 28 de octubre
de 2024, certificación de acta de adjudicación de bienes, subasta número
S2024R2886001417, y, con fecha 25 de octubre de 2024, por la jefa de la Dependencia
Regional Adjunta de Recaudación, mandamiento de cancelación de cargas posteriores.
II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Madrid
número 11, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificación registral.
Primero: Certificación del acta de adjudicación de bienes mediante subasta de
fecha 28/10/2024 en el procedimiento de referencia, tuvo entrada en este Registro el
día 28/02/2025 motivando el asiento 480 del Diario 2025, Entrada 1218/2025, en unión
de mandamiento de cancelación de cargas posteriores que tuvo entrada en este Registro
el mismo día, Entrada 1219/2025, causando el asiento de presentación 481 del
Diario 2025. Acreditada la preceptiva presentación y pago del Impuesto devengado con
nota acreditativa de la presentación acompañada del modelo carta de pago de la
autoliquidación del impuesto.
cve: BOE-A-2025-15704
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho.
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101847
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15704
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 11, por la que se suspende la
inscripción de una certificación de adjudicación de auto y un mandamiento de
cancelación de cargas expedido por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, por existir anotada, con posterioridad a la carga ejecutada, una
anotación preventiva de prohibición de disponer practicada en virtud de
mandamiento expedido por la Fiscalía Europea de Madrid.
En el recurso interpuesto por don D. P. F., abogado del Estado, en nombre y
representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, contra la nota de
calificación de la registradora de la Propiedad de Madrid número 11, María de los
Ángeles Galto-Durán Rivera, por la que se suspende la inscripción de una certificación
de adjudicación de auto y un mandamiento de cancelación de cargas expedido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por existir anotada, con posterioridad a la
carga ejecutada, un anotación preventiva de prohibición de disponer practicada en virtud
de mandamiento expedido por la Fiscalía Europea de Madrid.
Hechos
I
Se expidió por el presidente de la Mesa de Subasta, con fecha 28 de octubre
de 2024, certificación de acta de adjudicación de bienes, subasta número
S2024R2886001417, y, con fecha 25 de octubre de 2024, por la jefa de la Dependencia
Regional Adjunta de Recaudación, mandamiento de cancelación de cargas posteriores.
II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Madrid
número 11, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificación registral.
Primero: Certificación del acta de adjudicación de bienes mediante subasta de
fecha 28/10/2024 en el procedimiento de referencia, tuvo entrada en este Registro el
día 28/02/2025 motivando el asiento 480 del Diario 2025, Entrada 1218/2025, en unión
de mandamiento de cancelación de cargas posteriores que tuvo entrada en este Registro
el mismo día, Entrada 1219/2025, causando el asiento de presentación 481 del
Diario 2025. Acreditada la preceptiva presentación y pago del Impuesto devengado con
nota acreditativa de la presentación acompañada del modelo carta de pago de la
autoliquidación del impuesto.
cve: BOE-A-2025-15704
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho.