Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2025-15714)
Resolución 420/38361/2025, de 22 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del mando de apoyo logístico del Ejército de Tierra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101935
f) Nombrar a un tutor, que deberá ser una persona vinculada al mismo, con
experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela
efectiva, que se encargará de la acogida y seguimiento del estudiante dentro de su
entidad, así como de la valoración de sus prácticas; además, asistirá al estudiante en las
distintas etapas de desarrollo de las mismas, realizándose dicha asistencia de forma
directa por el tutor de empresa o apoyándose en otras personas vinculadas con el
MINISDEF. Sus derechos y deberes quedan especificados en el artículo 14 del
Reglamento de Prácticas de la UVa. Los estudiantes mantendrán contacto con los
tutores, según el procedimiento que se determine, incluyendo la posibilidad de tutorías
en formato online.
g) Facilitar al estudiante la asistencia a clases durante el periodo lectivo,
respetando los horarios fijados en la convocatoria de prácticas.
h) Permitir al estudiante la asistencia a los exámenes y pruebas de evaluación
continua de las asignaturas en las que esté matriculado, así como la asistencia a
reuniones de los órganos colegiados de gobierno de la UVa, sin que estos días sean
recuperables. Tampoco serán recuperables las faltas de asistencia derivadas de
enfermedad o accidente que estén debidamente justificadas y que no supongan en
cómputo global más de diez días naturales o cinco días consecutivos.
i) Fomentar que los espacios en que se desarrollen las prácticas sean accesibles
para estudiantes con discapacidad, procurando la disposición de los recursos humanos,
materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.
2.
Por parte de la UVa:
a) Dar publicidad de forma conveniente a los proyectos susceptibles de ser
abordados como prácticas en convenio que sean ofertados por el MINISDEF.
b) Seleccionar estudiantes de la UVa que cumplan con los requisitos solicitados por
el MINISDEF para la posible ejecución de las prácticas para los proyectos.
c) Nombrar un tutor académico del estudiante en prácticas que será un profesor
que imparta docencia en el centro en el que el estudiante esté matriculado. Los deberes
y derechos del tutor académico son los recogidos en el artículo 15 del Reglamento de
Prácticas de la UVa. El tutor académico, en coordinación con el tutor de la entidad
colaboradora, se encargará del seguimiento de los alumnos en prácticas para verificar su
aprovechamiento y de la evaluación final de la actividad.
d) Realizar las gestiones oportunas para aplicar al estudiante en prácticas el
régimen de Seguro Escolar, e incluirle como beneficiario en un seguro colectivo de
accidentes, y se compromete a disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil
que cubra los daños materiales, personales y sus perjuicios consecuenciales causados a
terceros por el estudiante en el ejercicio de las prácticas.
Quinta. Deberes y derechos de los estudiantes en prácticas.
Son deberes y derechos de los estudiantes en prácticas los señalados en el
artículo 10 del Reglamento de Prácticas de la UVa.
Las condiciones específicas en que se concreta el proyecto formativo quedan
reflejadas en el anexo técnico que se remitirá una vez adjudicada la práctica al
estudiante, suscrito por un representante de la UVa y un representante del MINISDEF.
Además, el estudiante que vaya a realizar las prácticas firmará ese anexo y prestará su
consentimiento para el tratamiento de sus datos personales por ambas partes firmantes
conforme a lo previsto en las normas citadas en la cláusula undécima del presente
convenio.
cve: BOE-A-2025-15714
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Anexo técnico.
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101935
f) Nombrar a un tutor, que deberá ser una persona vinculada al mismo, con
experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela
efectiva, que se encargará de la acogida y seguimiento del estudiante dentro de su
entidad, así como de la valoración de sus prácticas; además, asistirá al estudiante en las
distintas etapas de desarrollo de las mismas, realizándose dicha asistencia de forma
directa por el tutor de empresa o apoyándose en otras personas vinculadas con el
MINISDEF. Sus derechos y deberes quedan especificados en el artículo 14 del
Reglamento de Prácticas de la UVa. Los estudiantes mantendrán contacto con los
tutores, según el procedimiento que se determine, incluyendo la posibilidad de tutorías
en formato online.
g) Facilitar al estudiante la asistencia a clases durante el periodo lectivo,
respetando los horarios fijados en la convocatoria de prácticas.
h) Permitir al estudiante la asistencia a los exámenes y pruebas de evaluación
continua de las asignaturas en las que esté matriculado, así como la asistencia a
reuniones de los órganos colegiados de gobierno de la UVa, sin que estos días sean
recuperables. Tampoco serán recuperables las faltas de asistencia derivadas de
enfermedad o accidente que estén debidamente justificadas y que no supongan en
cómputo global más de diez días naturales o cinco días consecutivos.
i) Fomentar que los espacios en que se desarrollen las prácticas sean accesibles
para estudiantes con discapacidad, procurando la disposición de los recursos humanos,
materiales y tecnológicos necesarios que aseguren la igualdad de oportunidades.
2.
Por parte de la UVa:
a) Dar publicidad de forma conveniente a los proyectos susceptibles de ser
abordados como prácticas en convenio que sean ofertados por el MINISDEF.
b) Seleccionar estudiantes de la UVa que cumplan con los requisitos solicitados por
el MINISDEF para la posible ejecución de las prácticas para los proyectos.
c) Nombrar un tutor académico del estudiante en prácticas que será un profesor
que imparta docencia en el centro en el que el estudiante esté matriculado. Los deberes
y derechos del tutor académico son los recogidos en el artículo 15 del Reglamento de
Prácticas de la UVa. El tutor académico, en coordinación con el tutor de la entidad
colaboradora, se encargará del seguimiento de los alumnos en prácticas para verificar su
aprovechamiento y de la evaluación final de la actividad.
d) Realizar las gestiones oportunas para aplicar al estudiante en prácticas el
régimen de Seguro Escolar, e incluirle como beneficiario en un seguro colectivo de
accidentes, y se compromete a disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil
que cubra los daños materiales, personales y sus perjuicios consecuenciales causados a
terceros por el estudiante en el ejercicio de las prácticas.
Quinta. Deberes y derechos de los estudiantes en prácticas.
Son deberes y derechos de los estudiantes en prácticas los señalados en el
artículo 10 del Reglamento de Prácticas de la UVa.
Las condiciones específicas en que se concreta el proyecto formativo quedan
reflejadas en el anexo técnico que se remitirá una vez adjudicada la práctica al
estudiante, suscrito por un representante de la UVa y un representante del MINISDEF.
Además, el estudiante que vaya a realizar las prácticas firmará ese anexo y prestará su
consentimiento para el tratamiento de sus datos personales por ambas partes firmantes
conforme a lo previsto en las normas citadas en la cláusula undécima del presente
convenio.
cve: BOE-A-2025-15714
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Anexo técnico.