Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15715)
Resolución 420/38360/2025, de 22 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, sobre actuaciones relativas a los Planes Integrales de Desarrollo Socioeconómico de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 101944

Ceuta, que generan, a medio plazo, bolsas de suelo que dejan de tener interés militar
una vez hayan sido reubicadas las unidades operativas.
Para la consecución de los objetivos fijados por el Gobierno de la Nación, como es el
poner a disposición de la Ciudad Autónoma de Ceuta y su ciudadanía suelo destinado a
la construcción de viviendas protegidas, se hace necesaria la cooperación entre la
Ciudad Autónoma de Ceuta y el Ministerio de Defensa, titular de suelos públicos
susceptibles de ser dedicados a esos nuevos fines y usos públicos.
Es por ello, el Ministerio de Defensa y la Ciudad Autónoma de Ceuta se
comprometen, sin reserva alguna, y en todo momento, a la máxima colaboración y
prestarse ayuda mutua, para la consecución de los objetivos de este convenio.
Cuarta. Actuaciones de las partes.
1.

Por el Ministerio de Defensa:

a)

Desalojo de Unidades:

De conformidad con el Plan de Concentración elaborado por el Ministerio de
Defensa, los desalojos de los Acuartelamientos «Coronel Físcer», «Teniente Fuentes
Pila» y «Otero», se realizarán en un plazo aproximado de cuatro años, mediante la
consecución de los siguientes pasos simultáneos:
1.º Adecuación de las instalaciones y traslado al Acuartelamiento García Aldave de
la IV Bandera del Tercio-2 desde su alojamiento actual en el Acuartelamiento SerralloRecarga, (efectuado).
2.º Adecuación de las instalaciones y traslado de la Unidad de Servicio de la Base
Discontinua (USBAD) Teniente Ruiz al Acuartelamiento Pardo de Santayana, y de la
Unidad de Música al Acuartelamiento Serrallo-Recarga, ubicadas ambas en el
Acuartelamiento Coronel Físcer (en ejecución hasta diciembre de 2026).
3.º Adecuación y rehabilitación precisas para el traslado de la Unidad Logística 23
al Acuartelamiento Pardo de Santayana (en ejecución hasta septiembre de 2026), y
desalojo del Acuartelamiento Otero.
4.º Construcción de instalaciones para el traslado del Regimiento Mixto de Artillería
núm. 30 al Acuartelamiento Pardo de Santayana (en ejecución hasta noviembre
de 2026), y desalojo del Acuartelamiento Teniente Fuentes Pila.
5.º Actuaciones complementarias para facilitar el traslado del material de la
Compañía de Transmisiones 17 desde el Acuartelamiento El Jaral al Acuartelamiento de
Pardo de Santayana, así como la adecuación de terrenos del Acuartelamiento Otero, que
se anexionarán a la Residencia Virgen de África, colindante con aquél (en ejecución
hasta diciembre de 2026).
A la conclusión del Plan de Concentración, quedarán desalojados y cerrados los
Acuartelamientos Coronel Físcer, Teniente Fuentes Pila y Otero, todo ello
previsiblemente antes de diciembre de 2026.
Ejecución de las obras.

El Ministerio de Defensa asumirá la redacción, por sus propios medios o a través de
la contratación de asistencias técnicas externas, de los proyectos constructivos de las
obras, así como su supervisión, dirección facultativa y certificaciones de la ejecución,
incluidos en su caso la necesidad de proyectos modificados, complementarios y/o
liquidaciones de obras.
Formarán parte de estas inversiones, además de las obras que se refieren en el
anterior apartado, otras actuaciones que se consideren necesarias hasta agotar el
importe máximo fijado respectivamente para la Ciudad Autónoma de Ceuta.

cve: BOE-A-2025-15715
Verificable en https://www.boe.es

b)