Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-15701)
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Fundació Universitat-Empresa de València de la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 101802

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15701

Resolución de 23 de julio de 2025, de la Abogacía General del Estado, por la
que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Fundació UniversitatEmpresa de València de la Comunitat Valenciana.

Con fecha 9 de julio de 2025 se ha suscrito el Convenio de Asistencia Jurídica entre
la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Fundació Universitat- Empresa de
València (Consell Social de la Universitat de València. Estudi General de València) de la
Comunitat Valenciana (ADEIT).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el Boletín
Oficial del Estado del citado convenio, que figura como anejo a esta resolución.
Madrid, 23 de julio de 2025.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas
Álvarez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Fundació Universitat-Empresa de València (Consell Social
de la Universitat de València. Estudi General de València) de la Comunitat
Valenciana, medio propio de la Universitat de València
REUNIDOS

MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General

cve: BOE-A-2025-15701
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE n°148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, doña Ángela Pérez Pérez, actuando en nombre y representación de la
Fundació Universitat-Empresa de València (Consell Social de la Universitat de València.
Estudi General de València) de la Comunitat Valenciana, medio propio de la Universitat
de Valéncia, con domicilio social en Plaza Virgen de la Paz, número 3, 46001 Valencia y
NIF G46470738, en su condición de Presidenta del Patronato, tras la aceptación de su
nombramiento en fecha 13 de febrero de 2024.