Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Organización. Salud pública. (BOE-A-2025-15652)
Ley 7/2025, de 28 de julio, por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 101424

Euros

n. Incremento de tasa por evaluación comparativa (Por
sustancia activa objeto de una evaluación comparativa de
conformidad con el artículo 23 del Reglamento (UE)
n.º 528/2012, de 22 de mayo de 2012):

12.000

o. Incremento de tasa por cálculo de Límites Máximos de
Residuos–LMRs (Cuando se solicite una autorización de la
Unión o nacional que requiera una evaluación específica
con miras a formular una recomendación sobre el
establecimiento de límites máximos de residuos):

2.400

Por solicitudes de autorización de permisos de comercio
6. paralelo/efectuada de conformidad con el artículo 53 del
Reglamento (UE) n.º 528/2012, de 22 de mayo de 2012:

960

Por notificaciones de investigación y desarrollo efectuadas de conformidad con el
artículo 56 (2) del Reglamento (UE) n.º 528/2012, de 22 de mayo de 2012:
7. a. Evaluación por ensayo, incluyendo una notificación por
liberación:
b.

Por cada notificación posterior de liberación:

Por solicitud de confidencialidad, solicitud realizada para
8. otra información que no sea la regulada en el artículo 67 del
Reglamento (UE) n.º 528/2012, de 22 de mayo de 2012:

240
240
240

9.

10.

a.

Formulaciones:

724,49

b.

Renovación de productos autorizados:

543,38

c. Procedimientos de ampliación de autorización de un
producto ya registrado a los que se refiere el apartado 9.a:

362,25

d. Modificaciones significativas en los productos (ej.
Cambios en la formulación, extensiones de usos):

543,38

e. Modificaciones menores en los productos.
Modificaciones técnicas (ej. Cambios en clasificación y
etiquetados):

181,13

f. Cambios administrativos (ej. Cambio de nombre del
producto, cambio de titular, cambio de fabricante):

181,13

Por asesoramiento científico/técnico para la preparación del
expediente nacional, europeo o equivalente:

240

11. Expedición de certificados:
12.

Notificación por medio de la disposición transitoria segunda
del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre.

240
150

6. El pago de la tasa deberá efectuarse conforme a lo establecido en la Ley 8/1989,
de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria y las demás normas de desarrollo.

cve: BOE-A-2025-15652
Verificable en https://www.boe.es

En base a las medidas contempladas en el artículo 89 apartado segundo del
Reglamento (UE) n.º 528/2012 de 22 de mayo de 2012, para la autorización de plaguicidas
de uso ambiental e industria alimentaria TP2 (excepto los de ambientes clínicos y quirúrgicos
y de material clínico y farmacéutico), TP4, TP8, TP11 (únicamente los desinfectantes para
tratamiento de Legionella), TP18 (excepto los relacionados con ambientes ganaderos como
son: granjas, establos, transporte de animales) y TP19 (excepto los que se aplican
directamente sobre la piel), que contengan sustancias activas existentes, hasta su revisión
en función del programa de revisión, se mantendrán las siguientes cuantías: