Comunidad Autónoma de Canarias. I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2025-15655)
Ley 2/2025, de 26 de junio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 101456
La obsolescencia de ese marco legal se ha visto agravado además por la falta de
incorporación a nuestro sistema de herramientas modernas de gestión de recursos
humanos, algunos de los cuales se encuentran ya perfectamente consolidados en otros
ordenamientos jurídicos autonómicos y del Estado español.
27. Así pues, esta ley aborda el establecimiento de un conjunto de medidas legales,
concretas, urgentes y necesarias para garantizar los siguientes fines:
a) La preferencia en la cobertura de puestos de trabajo funcionariales con personal
funcionario de carrera.
b) El establecimiento, en desarrollo de la legislación básica del Estado, de medidas
concretas que delimiten la duración máxima de los nombramientos interinos evitando con
ello incurrir en abuso de temporalidad.
c) La eficiencia en concretos procedimientos de gestión de recursos humanos,
simplificando sus trámites o estableciendo medidas de racionalización en su aplicación.
d) El reconocimiento de determinados derechos profesionales que redundarán a su
vez en la mejora en la calidad de los servicios públicos.
IV.
Análisis del contenido de la presente ley
IV.a)
Estructura
28. Esta ley contiene cincuenta y nueve artículos, a los que se añaden quince
disposiciones adicionales, una disposición derogatoria, ocho disposiciones transitorias y
trece disposiciones finales.
IV.b)
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales
29. El título preliminar concreta el objeto de la presente ley como reflejo de lo
contenido en la presente exposición de motivos, determinando a su vez el ámbito de
aplicación de este, en relación con los distintos sectores que conforman la
Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
IV.c)
TÍTULO I
30. El título I tiene por objeto establecer un conjunto de medidas que promuevan el
acceso al empleo público por parte de la ciudadanía y por el propio personal al servicio
de nuestra Administración, diseñando un modelo eficiente y eficaz de selección, que
garantizando en todo caso los principios constitucionales y legales de acceso al empleo
público, procuren su agilidad y la reducción de los plazos de ejecución de la ofertas de
empleo público, minorando con ello a su vez el recurso al empleo público temporal.
Este título se estructura en tres capítulos.
31. El capítulo I del título I contiene un conjunto de medidas para fomentar el
acceso al empleo público.
Se abordan medidas concretas para el fomento de la promoción interna con la
finalidad de garantizar que el personal funcionario al servicio de la Administración
general de la comunidad autónoma tenga la posibilidad real y efectiva de progresar en su
carrera administrativa lo que redunda además en el interés público, al dotarse la
cve: BOE-A-2025-15655
Verificable en https://www.boe.es
Acceso al empleo público
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 101456
La obsolescencia de ese marco legal se ha visto agravado además por la falta de
incorporación a nuestro sistema de herramientas modernas de gestión de recursos
humanos, algunos de los cuales se encuentran ya perfectamente consolidados en otros
ordenamientos jurídicos autonómicos y del Estado español.
27. Así pues, esta ley aborda el establecimiento de un conjunto de medidas legales,
concretas, urgentes y necesarias para garantizar los siguientes fines:
a) La preferencia en la cobertura de puestos de trabajo funcionariales con personal
funcionario de carrera.
b) El establecimiento, en desarrollo de la legislación básica del Estado, de medidas
concretas que delimiten la duración máxima de los nombramientos interinos evitando con
ello incurrir en abuso de temporalidad.
c) La eficiencia en concretos procedimientos de gestión de recursos humanos,
simplificando sus trámites o estableciendo medidas de racionalización en su aplicación.
d) El reconocimiento de determinados derechos profesionales que redundarán a su
vez en la mejora en la calidad de los servicios públicos.
IV.
Análisis del contenido de la presente ley
IV.a)
Estructura
28. Esta ley contiene cincuenta y nueve artículos, a los que se añaden quince
disposiciones adicionales, una disposición derogatoria, ocho disposiciones transitorias y
trece disposiciones finales.
IV.b)
TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales
29. El título preliminar concreta el objeto de la presente ley como reflejo de lo
contenido en la presente exposición de motivos, determinando a su vez el ámbito de
aplicación de este, en relación con los distintos sectores que conforman la
Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
IV.c)
TÍTULO I
30. El título I tiene por objeto establecer un conjunto de medidas que promuevan el
acceso al empleo público por parte de la ciudadanía y por el propio personal al servicio
de nuestra Administración, diseñando un modelo eficiente y eficaz de selección, que
garantizando en todo caso los principios constitucionales y legales de acceso al empleo
público, procuren su agilidad y la reducción de los plazos de ejecución de la ofertas de
empleo público, minorando con ello a su vez el recurso al empleo público temporal.
Este título se estructura en tres capítulos.
31. El capítulo I del título I contiene un conjunto de medidas para fomentar el
acceso al empleo público.
Se abordan medidas concretas para el fomento de la promoción interna con la
finalidad de garantizar que el personal funcionario al servicio de la Administración
general de la comunidad autónoma tenga la posibilidad real y efectiva de progresar en su
carrera administrativa lo que redunda además en el interés público, al dotarse la
cve: BOE-A-2025-15655
Verificable en https://www.boe.es
Acceso al empleo público