Banco de España. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15646)
Resolución de 21 de julio de 2025, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado y la Agencia Notarial de Certificación, SLU.
<< 7 << Página 7
Página 8 Pág. 8
-
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Lunes 28 de julio de 2025
Duodécima.

Sec. III. Pág. 101376

Modificación.

Las partes firmantes podrán modificar los términos del presente convenio de
colaboración en cualquier momento, de mutuo acuerdo, mediante la firma de una adenda
al mismo, que se unirá al presente convenio y siguiendo los trámites preceptivos y de
autorización previa establecidos en el artículo 50 de la Ley 40/2015. Ello, sin perjuicio de
las facultades de modificación que se reconocen a la Comisión de Seguimiento en el
presente convenio.
Decimotercera.

Transparencia y buen gobierno.

El presente convenio se pondrá a disposición de los ciudadanos en el portal de la
transparencia del Banco de España, en aplicación de los dispuesto en el artículo 8.1.b)
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Buen Gobierno, y demás normativa de desarrollo.
El Centro Tecnológico del Notariado y el Consejo General del Notariado cuentan con
un Programa de Cumplimiento Normativo cuya pieza fundamental es su Código de
Conducta en el que se identifican los principios y valores que constituyen la cultura de
ambas entidades. Se puede comunicar su incumplimiento o plantear dudas sobre su
contenido a través del Canal Interno de Información del Centro Tecnológico del Notariado
y el Consejo General del Notariado. El Código de Conducta y el Canal Interno de
Información de ambos están disponibles en https://www.ctnotariado.com/ y https://
www.notariado.org/, respectivamente.
Decimocuarta. Régimen jurídico del convenio, resolución de conflictos y jurisdicción
competente.
El presente acuerdo tiene el carácter de convenio al amparo de lo dispuesto por el
artículo 47 de la Ley 40/2015, quedando excluido de la aplicación de la legislación de
contratos del sector público en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En consecuencia, este convenio
queda sometido al régimen jurídico previsto en el capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015.
El cumplimiento y la resolución de todas las cuestiones que se puedan plantear en
orden al cumplimiento, interpretación, resolución y efectos del presente convenio serán
resueltas en el seno de la Comisión de seguimiento, a falta de acuerdo entre las partes,
que con carácter previo y amistoso se tratara siempre de conseguir, corresponderá a los
jueces y tribunales de la Ciudad de Madrid, renunciando las partes a cualquier otro fuero
que pudiera corresponderles.

cve: BOE-A-2025-15646
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en
representación de las partes, en el lugar y fecha expresadas en el encabezamiento.–Por
el Banco de España, José Luis Escrivá Belmonte.–Por el Consejo General del Notariado,
Concepción Pilar Barrio del Olmo.–Por la Agencia Notarial de la Certificación,
SLU, Alberto Martínez Lacambra.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X