Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15304)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la revisión de los Planes Especiales de Sequía de las Demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico Oriental, Cantábrico Occidental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Guadalquivir, Segura, Júcar y Ebro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de julio de 2025

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desembocadura en el río Arga), ES091MSPF793 (Río Arga desde la población de
Olaverri hasta la cola del Embalse de Eugui), que ya se indicaban en el Informe
Ambiental Estratégico.
El estudio ambiental del Tajo señala que, entre las medidas programadas para la
superación de las situaciones de escasez coyuntural, no se han identificado
interacciones entre las masas de agua afectadas por las decisiones del PES y los
espacios Red Natura 2000. Además, la previsión original del plan hidrológico planteaba
caudales mínimos reducidos en 58 masas de agua, se ha visto ajustada en el PES, por
afectar a espacios Red Natura 2000 o encontrarse aguas arriba de masas de agua
pertenecientes a la Red Natura 2000, a solo 39 masas.
En el caso del PES del Júcar, indica que ha revisado las masas de agua en Red
Natura 2000, en humedales Ramsar y en reservas naturales fluviales para eliminar los
caudales ecológicos reducidos en sequía. No obstante, se han detectado masas
incluidas en espacios de la Red Natura 2000 en los que se han establecido caudales
mínimos reducidos. Es el caso de las masas ES080MSPF10-02A Río Mijares: barranco
del Charco-río Valbona, ES080MSPF10-04A Río Mijares: río Mora-embalse de Arenós,
ES080MSPF18-16 Río Júcar: arroyo de Ledaña-Alcalá del Júcar, ES080MSPF30-02
Embalse de Tibi, ES080MSPF30-03 Río Montnegre: embalse de Tibi-río Jijona,
ES080MSPF30-03-01-01 Río Jijona: cabecera-río Montnegre y ES080MSPF30-04 Río
Montnegre: río Jijona-paraje del Molí Nou. En relación con las medidas para hacer frente
a la escasez coyuntural, el estudio reconoce interacciones y posibles efectos en la ZEC
Curs mitjà del riu Palància por la reutilización de aguas regeneradas. También reconoce
efectos, por las extracciones de las masas subterráneas en diversos espacios de la Red
Natura 2000, como L’ Albufera (ES0000023).
El PES del Segura no incluye caudales mínimos reducidos en sequía en ninguna
masa de agua vinculada a la Red Natura 2000. Respecto al impacto de las medidas
previstas para hacer frente a situaciones de escasez coyuntural, el estudio señala que,
no se han identificado interacciones entre las masas de agua afectadas por las
decisiones del PES y los espacios Red Natura 2000.
Respecto a la reducción de caudales ecológicos, la Subdirección General de
Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO precisa aclaración sobre cómo se logrará
el mantenimiento sin reducción de los caudales ecológicos en Red Natura 2000, tras
producirse reducciones en masas de agua localizadas aguas arriba, que no pertenezcan
a Red Natura 2000. Asimismo, requiere estudios de repercusiones indirectas sobre los
objetivos de conservación potencialmente afectados de dichos espacios, teniendo en
cuenta la necesidad de mantener la conectividad entre espacios de la Red, la influencia
del estado de los ecosistemas próximos y la adaptación al cambio climático.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha informa en relación con los PES del Tajo, Guadiana, Guadalquivir,
Segura y Júcar e insiste en los posibles efectos sobre la Red Natura 2000 por la
reducción de caudales ecológicos mínimos en sequía prolongada, al menos en el caso
en que la reducción se aplique a masas de agua existentes aguas arriba de espacios
Red Natura 2000, cuyo efecto se extenderá aguas abajo, o cuando se aplique la regla de
supremacía del uso para abastecimiento de poblaciones establecida en el artículo 59,7
del texto refundido de la Ley de Aguas, efectos que deberían haber sido evaluados.
Además, señala que el mantenimiento de los caudales en los umbrales mínimos de los
actuales caudales ecológicos por un tiempo indefinido genera estrés para las especies y
los hábitats y no es, por sí solo, garantía de no afección a la Red Natura 2000. Para la
demarcación del Guadiana pone de manifiesto la posibilidad de afección sobre
importantes espacios protegidos dependientes del agua como el Parque Nacional de las
Tablas de Daimiel, el Parque Natural de las Lagunas de Ruidera o la Reserva de la
Biosfera de la Mancha Húmeda. En lo relativo a la supremacía del uso para
abastecimiento de poblaciones, reclama que dicha supremacía se aplique
exclusivamente a las necesidades de la población, excluyendo de esta regla otros usos
como ocio, piscinas privadas, limpieza de calles, riego de jardines, etc. requiriendo

cve: BOE-A-2025-15304
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Núm. 176