Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-14935)
Resolución de 8 de julio de 2025, conjunta de la Universidad de Zaragoza y la Consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Viernes 18 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 96655

Ambos documentos, informe de desempleo y declaración, deberán acompañar a la
solicitud.
2.2

Requisitos específicos.

a) Estar acreditado/a para el cuerpo de la plaza convocada, conforme a las
previsiones contenidas en el artículo 30 del RD678, o estar habilitado/a, conforme a
las previsiones de la legislación anterior a la LOSU.
b) En su caso, haber desempeñado durante dos años, al menos, la plaza obtenida
tras un anterior concurso de acceso en los términos del artículo 35 del RD678.
No podrán participar quienes posean la condición de funcionario de carrera del
cuerpo docente universitario para el que se convoca la plaza si tienen destino definitivo
en la Universidad de Zaragoza, desempeñando una plaza de idénticos centro,
departamento, área de conocimiento y localidad que los de la plaza convocada.
c) Estar en posesión del título de Especialista en Ciencias de la Salud que se
corresponda con la plaza convocada.
2.3

Documentación a presentar.

La documentación se adjuntará a la solicitud en formato electrónico y será la
siguiente:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o NIE.
Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en
su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a
sus expensas o está a su cargo.
b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos que señala la base 2.2.a). En el caso de las personas acreditadas es
suficiente copia del certificado de acreditación a que se refiere el artículo 23 del RD678 o
certificaciones comparables en el caso de las obtenidas con anterioridad. Para acreditar
la habilitación es suficiente con hacer referencia a la resolución de habilitación y su fecha
de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No tendrán que presentar los documentos acreditativos a los que hace referencia el
apartado 2.2.a) quienes sean o hubieran sido personal docente de la Universidad de
Zaragoza y ya los aportaran en su momento para su constancia en su expediente
personal.
c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento del requisito que señala la
base 2.2.c).
d) Documento que acredite la concurrencia de alguna de las causas de exención
total o parcial del pago que deba efectuarse en concepto de derechos de participación,
en su caso.

3.1

Procedimiento de admisión de personas aspirantes al concurso

Lista provisional.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de quince
días hábiles, el Rectorado de la Universidad dictará resolución declarando aprobada la
lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas al concurso con indicación,
en este último caso, de las causas de exclusión. En el supuesto de que todas las
personas aspirantes resultasen admitidas en primera instancia, la lista provisional se
elevará a definitiva en el mismo acto.

cve: BOE-A-2025-14935
Verificable en https://www.boe.es

3.