Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-14945)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje en el Puerto Bahía de Algeciras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Viernes 18 de julio de 2025
iv.
Sec. III. Pág. 96827
De comunicación y navegación.
– El establecido para los buques de servicio de puerto de la clase S en el Real
Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el reglamento por el que se
regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles,
modificado por el Real Decreto 1435/2010 o normativa que esté en vigor y, en todo caso,
con las características que se establecen más adelante para el equipamiento de
seguridad mínimo de las embarcaciones, y en todo caso los siguientes:
● VHF fijo de banda marina de 25 W con llamada selectiva digital (LSD).
● Radar.
● Transponder AIS de clase A con su correspondiente display de visualización
incluyendo carta náutica.
c)
i.
De comunicación y radioeléctricos.
En la estación de Prácticos.
– Una línea de telefónica y una línea de fax. (Ambas líneas independientes y
contarán con los equipos terminales correspondientes necesarios).
– Equipo informático con conexión a internet y e-mail para el control y seguimiento
de los servicios y proporcionar a la Autoridad Portuaria la información establecida en
estas prescripciones particulares.
– Instalaciones radioeléctricas de VHF marino. Dispondrán de dos canales (canal 13
más uno de reserva).
– Sistema de Alimentación de Emergencia para los equipos de comunicaciones
(Transceptores VHF) con capacidad para mantener funcionando de forma ininterrumpida
y con consumo máximo los equipos durante un mínimo de doce horas, dicho sistema
podrá ser un conjunto de baterías.
– Una consola de presentación AIS con la carta electrónica del puerto.
ii. Equipamiento especial de la estación de Prácticos para la prestación del servicio
desde dicha estación:
iii.
Equipo VHF fijo de banda marina de 25 W.
Radar.
AIS.
ECDIS, integrando radar, AIS y carta ENC del puerto.
Información meteorológica e hidrográfica.
Sistema de grabación.
Sistema de alimentación ininterrumpida.
Comunicación telefónica, fija y móvil.
En el equipamiento individual de cada Práctico.
– Un equipo VHF portátil, estanco al agua y a los gases (watertight y gastight),
homologado para la banda del servicio móvil marítimo y para su uso a bordo de buques
tanque gaseros, petroleros y MMPP inflamables. Además, deberá disponerse de una (1)
unidad de reserva.
– En la estación de Prácticos se deberá disponer de por lo menos un (1) cargador,
con capacidad suficiente para mantener operativas las baterías de los equipos VHF
empleados en los distintos turnos de practicaje. Asimismo, cada Práctico deberá
disponer de una (1) batería de reserva que se mantendrá siempre a plena carga.
– Los Prácticos (tanto los de guardia presencial como los de retén) deberán disponer
de un teléfono móvil para localización inmediata ante cualquier emergencia que surja en
el servicio, o bien de cualquier otro medio válido para dicha localización.
cve: BOE-A-2025-14945
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 172
Viernes 18 de julio de 2025
iv.
Sec. III. Pág. 96827
De comunicación y navegación.
– El establecido para los buques de servicio de puerto de la clase S en el Real
Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el reglamento por el que se
regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles,
modificado por el Real Decreto 1435/2010 o normativa que esté en vigor y, en todo caso,
con las características que se establecen más adelante para el equipamiento de
seguridad mínimo de las embarcaciones, y en todo caso los siguientes:
● VHF fijo de banda marina de 25 W con llamada selectiva digital (LSD).
● Radar.
● Transponder AIS de clase A con su correspondiente display de visualización
incluyendo carta náutica.
c)
i.
De comunicación y radioeléctricos.
En la estación de Prácticos.
– Una línea de telefónica y una línea de fax. (Ambas líneas independientes y
contarán con los equipos terminales correspondientes necesarios).
– Equipo informático con conexión a internet y e-mail para el control y seguimiento
de los servicios y proporcionar a la Autoridad Portuaria la información establecida en
estas prescripciones particulares.
– Instalaciones radioeléctricas de VHF marino. Dispondrán de dos canales (canal 13
más uno de reserva).
– Sistema de Alimentación de Emergencia para los equipos de comunicaciones
(Transceptores VHF) con capacidad para mantener funcionando de forma ininterrumpida
y con consumo máximo los equipos durante un mínimo de doce horas, dicho sistema
podrá ser un conjunto de baterías.
– Una consola de presentación AIS con la carta electrónica del puerto.
ii. Equipamiento especial de la estación de Prácticos para la prestación del servicio
desde dicha estación:
iii.
Equipo VHF fijo de banda marina de 25 W.
Radar.
AIS.
ECDIS, integrando radar, AIS y carta ENC del puerto.
Información meteorológica e hidrográfica.
Sistema de grabación.
Sistema de alimentación ininterrumpida.
Comunicación telefónica, fija y móvil.
En el equipamiento individual de cada Práctico.
– Un equipo VHF portátil, estanco al agua y a los gases (watertight y gastight),
homologado para la banda del servicio móvil marítimo y para su uso a bordo de buques
tanque gaseros, petroleros y MMPP inflamables. Además, deberá disponerse de una (1)
unidad de reserva.
– En la estación de Prácticos se deberá disponer de por lo menos un (1) cargador,
con capacidad suficiente para mantener operativas las baterías de los equipos VHF
empleados en los distintos turnos de practicaje. Asimismo, cada Práctico deberá
disponer de una (1) batería de reserva que se mantendrá siempre a plena carga.
– Los Prácticos (tanto los de guardia presencial como los de retén) deberán disponer
de un teléfono móvil para localización inmediata ante cualquier emergencia que surja en
el servicio, o bien de cualquier otro medio válido para dicha localización.
cve: BOE-A-2025-14945
Verificable en https://www.boe.es
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