Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-14948)
Resolución de 26 de junio de 2025, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica la Encomienda de gestión a la Agencia Estatal de Investigación, para la gestión de las solicitudes de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales, recepción y transmisión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Viernes 18 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 96875

recogido en la subsección 1.ª de la sección 3.ª, del capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Cuarta.

Compromisos económicos.

La suscripción de la presente encomienda de gestión no generará ningún gasto
adicional a ninguna de las partes.
No existirá ninguna contraprestación en favor de la AEI como consecuencia de la
suscripción de la presente encomienda de gestión.
Quinta. Efectos y duración de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión producirá efectos desde el día 26 de julio
de 2025, extendiéndose su duración hasta el día 25 de julio de 2029.
De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, la presente encomienda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Sexta.

Encargado del tratamiento de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
la AEI tendrá la condición de Encargado del tratamiento de los datos de carácter
personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la presente encomienda de
gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de
carácter personal, así como lo detallado en el anexo.
Séptima.

Naturaleza y Jurisdicción.

El presente acuerdo tiene naturaleza administrativa y se enmarca en las
encomiendas de gestión reguladas en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre. La resolución de las controversias a las que pueda dar lugar la interpretación y
cumplimiento que pudieran surgir en su ejecución serán resueltas en el seno de la
comisión de seguimiento. En caso de que persistieran se resolverán conforme a lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Octava. Competencia.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben la presente encomienda de
gestión en la fecha y lugar indicados.–El Presidente del Organismo Autónomo Parques
Nacionales, P. D. (Orden APM/126/2018, de 5 de febrero), el Director del Organismo
Autónomo Parques Nacionales, Javier Pantoja Trigueros.–El Presidente de la Agencia
Estatal de Investigación, P. D. (Resolución de 27 de julio de 2018, BOE núm. 184, de 31
de julio), el Director de la Agencia Estatal de Investigación, José Manuel Fernández de
Labastida y del Olmo.
ANEXO
Protección de datos de carácter personal
El presente anexo tiene como finalidad establecer las cláusulas necesarias en
materia de protección de datos de carácter personal, en el marco de la ejecución de la
encomienda de gestión del OAPN a la AEI para la gestión de las solicitudes de la

cve: BOE-A-2025-14948
Verificable en https://www.boe.es

La presente encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las
competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio atribuidas al OAPN. Será
responsabilidad del órgano competente del OAPN dictar los actos y resoluciones de
carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material
objeto de la encomienda de gestión.