Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-14948)
Resolución de 26 de junio de 2025, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica la Encomienda de gestión a la Agencia Estatal de Investigación, para la gestión de las solicitudes de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales, recepción y transmisión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Viernes 18 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96874
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con
las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un
procedimiento administrativo.
Cuarto.
La convocatoria del OAPN presenta unas características semejantes a Proyectos de
I+D+i, en el marco del Programa Estatal para la Investigación y el Desarrollo
Experimental, del Programa de Transferencia y Colaboración y del Programa Estatal de
Innovación y Programa Estatal de Infraestructuras de I+D+i, del Plan Estatal de
Investigación Científica y Técnica y de Innovación que gestiona la AEI.
Quinto.
En aras de los principios de cooperación interadministrativa, de simplificación de
procedimientos, de mejora de la eficiencia de la gestión pública y de colaboración
institucional para llevar a cabo actuaciones en respuesta de objetivos compartidos, el
OAPN encomienda a la AEI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, la recepción y transmisión de las solicitudes electrónicas
de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación
científica en la Red de Parques Nacionales.
La suscripción de la presente encomienda de gestión se fundamenta en razones de
eficacia, dada la experiencia de la AEI en la gestión de proyectos similares a la
convocatoria del OAPN. Asimismo, la AEI dispone de las herramientas informáticas
necesarias para garantizar la adecuada tramitación de la misma.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente acuerdo por el que se
formaliza la encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente acuerdo es establecer la encomienda de gestión entre el
OAPN, entidad encomendante, y la AEI, entidad encomedada, para la gestión de las
solicitudes de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de
investigación científica en la Red de Parques Nacionales (recepción y transmisión).
Actuaciones a realizar por parte de la AEI.
La AEI recepcionará directamente las solicitudes presentadas a la convocatoria de
subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de
Parques Nacionales a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación
y Universidades, mediante una aplicación específica de la convocatoria. Las cargará en
su base de datos y aplicación EVALUA y colaborará con el OAPN en la resolución de las
dificultades de tipo técnico que eventualmente se planteen por parte de las y los
Investigadores principales o centros solicitantes. Al cierre de la aplicación, la AEI
transmitirá al OAPN las solicitudes y documentación adjuntada en formato electrónico.
Tercera.
Comisión de seguimiento.
Se constituirá una comisión de seguimiento compuesta por dos representantes de
cada una de las partes, con el objeto de resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento que se deriven de la presente encomienda de gestión. El régimen de
funcionamiento será el establecido por la comisión de seguimiento, y supletoriamente, el
cve: BOE-A-2025-14948
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 172
Viernes 18 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96874
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con
las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un
procedimiento administrativo.
Cuarto.
La convocatoria del OAPN presenta unas características semejantes a Proyectos de
I+D+i, en el marco del Programa Estatal para la Investigación y el Desarrollo
Experimental, del Programa de Transferencia y Colaboración y del Programa Estatal de
Innovación y Programa Estatal de Infraestructuras de I+D+i, del Plan Estatal de
Investigación Científica y Técnica y de Innovación que gestiona la AEI.
Quinto.
En aras de los principios de cooperación interadministrativa, de simplificación de
procedimientos, de mejora de la eficiencia de la gestión pública y de colaboración
institucional para llevar a cabo actuaciones en respuesta de objetivos compartidos, el
OAPN encomienda a la AEI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, la recepción y transmisión de las solicitudes electrónicas
de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación
científica en la Red de Parques Nacionales.
La suscripción de la presente encomienda de gestión se fundamenta en razones de
eficacia, dada la experiencia de la AEI en la gestión de proyectos similares a la
convocatoria del OAPN. Asimismo, la AEI dispone de las herramientas informáticas
necesarias para garantizar la adecuada tramitación de la misma.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente acuerdo por el que se
formaliza la encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente acuerdo es establecer la encomienda de gestión entre el
OAPN, entidad encomendante, y la AEI, entidad encomedada, para la gestión de las
solicitudes de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de
investigación científica en la Red de Parques Nacionales (recepción y transmisión).
Actuaciones a realizar por parte de la AEI.
La AEI recepcionará directamente las solicitudes presentadas a la convocatoria de
subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de
Parques Nacionales a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación
y Universidades, mediante una aplicación específica de la convocatoria. Las cargará en
su base de datos y aplicación EVALUA y colaborará con el OAPN en la resolución de las
dificultades de tipo técnico que eventualmente se planteen por parte de las y los
Investigadores principales o centros solicitantes. Al cierre de la aplicación, la AEI
transmitirá al OAPN las solicitudes y documentación adjuntada en formato electrónico.
Tercera.
Comisión de seguimiento.
Se constituirá una comisión de seguimiento compuesta por dos representantes de
cada una de las partes, con el objeto de resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento que se deriven de la presente encomienda de gestión. El régimen de
funcionamiento será el establecido por la comisión de seguimiento, y supletoriamente, el
cve: BOE-A-2025-14948
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.