Comunitat Valenciana. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-14961)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural inmaterial la tradición musical popular valenciana materializada por las orquestas y rondallas de pulso y púa de la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Viernes 18 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96934
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNITAT VALENCIANA
14961
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura,
Universidades y Empleo, por la que se incoa expediente para declarar bien
de interés cultural inmaterial la tradición musical popular valenciana
materializada por las orquestas y rondallas de pulso y púa de la Comunitat
Valenciana.
El artículo 12 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana señala que
corresponde a la Generalitat velar por la protección y defensa de la identidad y los
valores e intereses del pueblo valenciano y el respeto a la diversidad cultural de la
Comunitat Valenciana y su patrimonio histórico.
Por otro lado, la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano,
establece en el artículo 45 que serán declarados bienes inmateriales de interés cultural
las actividades, creaciones, conocimientos, prácticas, usos y técnicas que constituyen
las manifestaciones más representativas y valiosas de la cultura y de las formas de vida
tradicionales de los valencianos, así como las tradiciones en sus manifestaciones
musicales, artísticas, gastronómicas o de ocio, y especialmente las que han sido objeto
de transmisión oral, y las que mantienen y potencian el uso del valenciano.
Vistos los informes técnicos favorables a la incoación del expediente de declaración
de bien de interés cultural inmaterial emitidos por el Servicio de Patrimonio Cultural y por
la Comisión Técnica para el Estudio e Inventario del Patrimonio Inmaterial.
Considerando lo que dispone el artículo 27 de la Ley de la Generalitat
Valenciana 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, resuelvo:
Primero.
Incoar expediente para declarar bien de interés cultural inmaterial, la tradición
musical popular valenciana materializada por las orquestas y rondallas de pulso y púa de
la Comunitat Valenciana.
Segundo.
Descripción del bien y valores.
De acuerdo con los artículos 28 y 45 de la Ley de la Generalitat Valenciana 4/1998,
de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, se hacen constar en el anexo de esta
resolución la descripción del bien y sus valores.
Tercero. Medidas de protección y salvaguardia.
a) Realizar labores de identificación, descripción, investigación, estudio y
documentación con criterios científicos.
b) Incorporar los testimonios disponibles a soportes materiales que garanticen su
protección y preservación.
c) Velar por el desarrollo normal y la pervivencia de esta manifestación cultural, y
también tutelar la conservación de sus valores tradicionales y su transmisión a las
generaciones futuras.
Cualquier cambio que exceda del normal desarrollo de los elementos que forman
esta manifestación cultural se tendrá que comunicar a la dirección general competente
cve: BOE-A-2025-14961
Verificable en https://www.boe.es
La protección de la tradición musical popular valenciana materializada por las
orquestas y rondallas de pulso y púa de la Comunitat Valenciana, como patrimonio
cultural inmaterial se concretará en las medidas siguientes:
Núm. 172
Viernes 18 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96934
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNITAT VALENCIANA
14961
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Conselleria de Educación, Cultura,
Universidades y Empleo, por la que se incoa expediente para declarar bien
de interés cultural inmaterial la tradición musical popular valenciana
materializada por las orquestas y rondallas de pulso y púa de la Comunitat
Valenciana.
El artículo 12 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana señala que
corresponde a la Generalitat velar por la protección y defensa de la identidad y los
valores e intereses del pueblo valenciano y el respeto a la diversidad cultural de la
Comunitat Valenciana y su patrimonio histórico.
Por otro lado, la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano,
establece en el artículo 45 que serán declarados bienes inmateriales de interés cultural
las actividades, creaciones, conocimientos, prácticas, usos y técnicas que constituyen
las manifestaciones más representativas y valiosas de la cultura y de las formas de vida
tradicionales de los valencianos, así como las tradiciones en sus manifestaciones
musicales, artísticas, gastronómicas o de ocio, y especialmente las que han sido objeto
de transmisión oral, y las que mantienen y potencian el uso del valenciano.
Vistos los informes técnicos favorables a la incoación del expediente de declaración
de bien de interés cultural inmaterial emitidos por el Servicio de Patrimonio Cultural y por
la Comisión Técnica para el Estudio e Inventario del Patrimonio Inmaterial.
Considerando lo que dispone el artículo 27 de la Ley de la Generalitat
Valenciana 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, resuelvo:
Primero.
Incoar expediente para declarar bien de interés cultural inmaterial, la tradición
musical popular valenciana materializada por las orquestas y rondallas de pulso y púa de
la Comunitat Valenciana.
Segundo.
Descripción del bien y valores.
De acuerdo con los artículos 28 y 45 de la Ley de la Generalitat Valenciana 4/1998,
de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, se hacen constar en el anexo de esta
resolución la descripción del bien y sus valores.
Tercero. Medidas de protección y salvaguardia.
a) Realizar labores de identificación, descripción, investigación, estudio y
documentación con criterios científicos.
b) Incorporar los testimonios disponibles a soportes materiales que garanticen su
protección y preservación.
c) Velar por el desarrollo normal y la pervivencia de esta manifestación cultural, y
también tutelar la conservación de sus valores tradicionales y su transmisión a las
generaciones futuras.
Cualquier cambio que exceda del normal desarrollo de los elementos que forman
esta manifestación cultural se tendrá que comunicar a la dirección general competente
cve: BOE-A-2025-14961
Verificable en https://www.boe.es
La protección de la tradición musical popular valenciana materializada por las
orquestas y rondallas de pulso y púa de la Comunitat Valenciana, como patrimonio
cultural inmaterial se concretará en las medidas siguientes: