Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-14782)
Orden TDF/758/2025, de 11 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante el fomento de la adaptación e incorporación de participantes a los espacios de datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Kit Espacios de Datos).
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 95886

c) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras(3) y
plantas de tratamiento mecánico biológico(4);
(3)
Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas
dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes,
cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para
su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales
acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una
prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(4)
Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de
tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia
energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje
y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad
de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán
justificarse documentalmente por cada planta.

d) las actividades en las que la eliminación de residuos a largo plazo pueda causar
un perjuicio al medio ambiente.
3. En las actuaciones financiadas con estas ayudas se deberán asegurar
condiciones específicas que puedan resultar de aplicación para el cumplimiento
principio DNSH establecidas en el apartado 8 del documento del componente 12
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en particular y en atención a
gastos que se vayan a subvencionar en cada caso:

las
del
del
los

a) Mitigación del cambio climático: Los equipos que se utilicen cumplirán con los
requisitos relacionados con el consumo energético establecidos de acuerdo con el
Reglamento (UE) 2024/1781, de 13 de junio, por el que se instaura un marco para el
establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles,
en relación con los servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores
de computadoras o pantallas electrónicas.
Para la instalación de las infraestructuras de Tecnologías de la Información (en
adelante, infraestructuras IT), se seguirá la versión más reciente del Código de conducta
europeo sobre eficiencia energética de centros de datos, o el documento CENCENELEC CLC TR50600-99-1 «Instalaciones e infraestructuras de centros de datosParte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética».
b) Adaptación al cambio climático: Se realizará una evaluación del riesgo climático
y la vulnerabilidad de las instalaciones de infraestructuras IT y en su caso, se
establecerán las soluciones de adaptación adecuadas para cada caso.
c) Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos: Al menos
el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluido el
material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos
establecida por la Decisión 2000/532 / EC) generados, en las actuaciones previstas en
esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros
materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros
materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos
de construcción y demolición de la UE.
Los agentes encargados de la construcción de las infraestructuras IT limitarán la
generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición,
de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de
la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición
selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y
facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de
materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de
construcción y demolición.
d) Prevención y control de la contaminación: Se adoptarán medidas para reducir el
ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las

cve: BOE-A-2025-14782
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 170