Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Consorcio del Castillo de San Carlos. Estatutos. (BOE-A-2025-8615)
Resolución 420/38180/2025, de 23 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publican los Estatutos del Consorcio del Castillo de San Carlos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104

Miércoles 30 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 58352

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
8615

Resolución 420/38180/2025, de 23 de abril, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publican los Estatutos del Consorcio del Castillo de San Carlos.

Suscritos el 8 de octubre de 2024 los nuevos Estatutos del Consorcio del Castillo de
San Carlos que sustituyen a los contenidos en el anexo I del Convenio entre el Ministerio
de Defensa, Gobierno Balear, Consejo Insular de Mallorca y Ayuntamiento de Palma de
Mallorca para la constitución del Consorcio del Castillo de San Carlos firmado el 7 de
abril de 1997 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado núm. 143, de 16 de junio
de 1997, procede, de conformidad con el artículo 27 de dichos estatutos, su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado», figurando como anexo de esta resolución.
Madrid, 23 de abril de 2025.–El Secretario General Técnico, José Luis García
Castell.
ANEXO
Estatutos del Consorcio del Castillo de San Carlos
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Constitución.
Se constituye en la ciudad de Palma el Consorcio del Castillo de San Carlos «con
carácter de Ente Público, asociativo, voluntario» y sin ánimo de lucro, con personalidad
jurídica propia,» independiente de la de sus miembros, que se regirá por las
disposiciones legales de su naturaleza y por los presentes Estatutos.
Artículo 2. Objeto, fines y funciones.

Artículo 3.

Competencias.

Para la consecución del objeto, finalidad y funciones del Consorcio, las competencias
del Consorcio serán:
1) Conservar, mantener y restaurar la fortaleza y demás instalaciones del Castillo
de San Carlos, de Palma, y cualesquiera que se adscriban al Consorcio.

cve: BOE-A-2025-8615
Verificable en https://www.boe.es

El Consorcio tiene por objeto la colaboración entre las Instituciones que lo integran
con la finalidad de gestionar, organizar e intensificar las actuaciones relativas a la
conservación, investigación, restauración, revitalización y difusión de actuaciones y
actividades, tanto civiles como militares, tendentes al conocimiento y promoción de la
historia y la cultura, especialmente la militar.
El Consorcio tiene dos funciones principales. La primera, una función cultural
orientada a que todos los conciudadanos y visitantes del complejo museístico puedan
conocer y participar de su acervo cultural. La segunda, una función social orientada a
que la ciudadanía pueda disfrutar de todas las instalaciones, servicios y actividades que
se lleven a cabo en las instalaciones del Consorcio, así como a fomentar el conocimiento
de la existencia del mismo a la ciudadanía.