Ministerio de HaciendaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-15805)
Anuncio de la Resolución de la Dirección General de Patrimonio del Estado de declaración de heredero abintestato y adjudicación de los bienes y derechos de la herencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104
Miércoles 30 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 23843
tablones de anuncios de los Ayuntamientos donde se publicó el acuerdo de
incoación, debiendo comunicarse, en su caso, al órgano judicial que estuviese
conociendo de la intervención del caudal hereditario.
Cuarto. - Reconocer a T.R.B., con NIF, ***0611***, la condición de denunciante
en el expediente, con derecho a percibir, en concepto de premio, el diez por ciento
de la parte que proporcionalmente corresponda, en el caudal líquido resultante, a
los bienes relacionados en su denuncia conforme a lo previsto en el artículo 7.2 del
Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Dicho premio
se liquidará en el momento de la aprobación de la cuenta de liquidación del
abintestato, ya sea parcial o final.
La presente resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre
competencia y procedimiento mediante recurso de alzada en el plazo de un mes
ante la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública conforme a lo dispuesto en
los artículos 112.1, 114 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previo a la
interposición del recurso contencioso-administrativo.
Fuera de los supuestos de infracción de normas sobre competencia y
procedimiento, quienes se consideren perjudicados en cuanto a su mejor derecho
a la herencia u otros de carácter civil por la declaración de herederos abintestato o
la adjudicación de bienes a favor de la Administración podrán ejercitar las acciones
pertinentes ante los órganos del orden jurisdiccional civil.
Madrid, 24 de marzo de 2025.- El Director General, P.D. (Res. 27-07-15, BOE
5-08-15) El Subdirector General, Bernardino Pérez Crespo.
cve: BOE-B-2025-15805
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250018923-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 104
Miércoles 30 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 23843
tablones de anuncios de los Ayuntamientos donde se publicó el acuerdo de
incoación, debiendo comunicarse, en su caso, al órgano judicial que estuviese
conociendo de la intervención del caudal hereditario.
Cuarto. - Reconocer a T.R.B., con NIF, ***0611***, la condición de denunciante
en el expediente, con derecho a percibir, en concepto de premio, el diez por ciento
de la parte que proporcionalmente corresponda, en el caudal líquido resultante, a
los bienes relacionados en su denuncia conforme a lo previsto en el artículo 7.2 del
Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Dicho premio
se liquidará en el momento de la aprobación de la cuenta de liquidación del
abintestato, ya sea parcial o final.
La presente resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre
competencia y procedimiento mediante recurso de alzada en el plazo de un mes
ante la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública conforme a lo dispuesto en
los artículos 112.1, 114 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previo a la
interposición del recurso contencioso-administrativo.
Fuera de los supuestos de infracción de normas sobre competencia y
procedimiento, quienes se consideren perjudicados en cuanto a su mejor derecho
a la herencia u otros de carácter civil por la declaración de herederos abintestato o
la adjudicación de bienes a favor de la Administración podrán ejercitar las acciones
pertinentes ante los órganos del orden jurisdiccional civil.
Madrid, 24 de marzo de 2025.- El Director General, P.D. (Res. 27-07-15, BOE
5-08-15) El Subdirector General, Bernardino Pérez Crespo.
cve: BOE-B-2025-15805
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250018923-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X