Ministerio de HaciendaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-15805)
Anuncio de la Resolución de la Dirección General de Patrimonio del Estado de declaración de heredero abintestato y adjudicación de los bienes y derechos de la herencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104
Miércoles 30 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 23840
Valladolid, inscrita en el Registro de la Propiedad nº5 de Valladolid, Finca 1.742,
Tomo 879, Libro 29, Folio 205. Referencia catastral 6730501UM5163B0206UU.
- 1/4 de la nuda propiedad de la finca urbana sita entre la calle Arzobispo
Gandásegui, 5, Pl: -2 Pt: 63, en Valladolid, inscrita en el Registro de la Propiedad
nº5 de Valladolid, Finca 1744, Tomo 879, Libro 29, Folio 208. Se trata de una
cuarenta y cinco-ava parte indivisa del local comercial en el sótano segundo, se
corresponde con el uso y disfrute de la plaza de garaje número 63. Referencia
catastral es 6730501UM5163B0006QQ.
Pasivo:
- Anotación preventiva de embargo en la finca registral 462, por un valor de
10.973,40 € de principal, más otros 3.290 € calculados provisionalmente de
intereses y costas de la ejecución.
Actuaciones
Analizada la información resultante de las diligencias previas, se consideró
conveniente el inicio de un procedimiento de declaración administrativa de
heredero abintestato. Por ello, de conformidad con los artículos 20.6, y 20 bis de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas,
y en los artículos 4 y siguientes de su Reglamento General, aprobado por Real
Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, se realizaron las siguientes actuaciones:
1. Con fecha 4 de junio de 2024, en ejercicio de las competencias delegadas
por Resolución de la Dirección General del Patrimonio del Estado de fecha de 27
de julio de 2015, el Delegado de Economía y Hacienda acordó la incoación del
procedimiento para la declaración de la Administración General del Estado como
heredera abintestato.
2. El acuerdo de incoación ha sido publicado en el Tablón Edictal Único del
BOE y en la página web del Ministerio de Hacienda. También se expuso durante el
plazo de un mes en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Curtis y
Valladolid.
3. Trascurridos los plazos legales no se han formulado alegaciones ni
reclamaciones sobre la herencia.
4. La Abogacía del Estado en la provincia, en su informe de 12 de marzo de
2024, considera adecuadas y suficientes las actuaciones practicadas para poder
declarar a la Administración General del Estado como heredera abintestato.
1. Consta acreditado el fallecimiento de el causante el 17 de marzo de 2013
mediante certificado de defunción, así como que no otorgó testamento, según
resulta del certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, por lo que
procede la sucesión abintestato.
2. De la instrucción del expediente cabe razonablemente entender que no
existen personas con derecho a suceder al causante por título de herencia
abintestato, teniendo en cuenta para ello las siguientes circunstancias ponderadas
en su conjunto:
- En el certificado de defunción del Registro Civil consta que el causante
cve: BOE-B-2025-15805
Verificable en https://www.boe.es
En relación con este expediente se realizan las siguientes consideraciones:
Núm. 104
Miércoles 30 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 23840
Valladolid, inscrita en el Registro de la Propiedad nº5 de Valladolid, Finca 1.742,
Tomo 879, Libro 29, Folio 205. Referencia catastral 6730501UM5163B0206UU.
- 1/4 de la nuda propiedad de la finca urbana sita entre la calle Arzobispo
Gandásegui, 5, Pl: -2 Pt: 63, en Valladolid, inscrita en el Registro de la Propiedad
nº5 de Valladolid, Finca 1744, Tomo 879, Libro 29, Folio 208. Se trata de una
cuarenta y cinco-ava parte indivisa del local comercial en el sótano segundo, se
corresponde con el uso y disfrute de la plaza de garaje número 63. Referencia
catastral es 6730501UM5163B0006QQ.
Pasivo:
- Anotación preventiva de embargo en la finca registral 462, por un valor de
10.973,40 € de principal, más otros 3.290 € calculados provisionalmente de
intereses y costas de la ejecución.
Actuaciones
Analizada la información resultante de las diligencias previas, se consideró
conveniente el inicio de un procedimiento de declaración administrativa de
heredero abintestato. Por ello, de conformidad con los artículos 20.6, y 20 bis de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas,
y en los artículos 4 y siguientes de su Reglamento General, aprobado por Real
Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, se realizaron las siguientes actuaciones:
1. Con fecha 4 de junio de 2024, en ejercicio de las competencias delegadas
por Resolución de la Dirección General del Patrimonio del Estado de fecha de 27
de julio de 2015, el Delegado de Economía y Hacienda acordó la incoación del
procedimiento para la declaración de la Administración General del Estado como
heredera abintestato.
2. El acuerdo de incoación ha sido publicado en el Tablón Edictal Único del
BOE y en la página web del Ministerio de Hacienda. También se expuso durante el
plazo de un mes en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Curtis y
Valladolid.
3. Trascurridos los plazos legales no se han formulado alegaciones ni
reclamaciones sobre la herencia.
4. La Abogacía del Estado en la provincia, en su informe de 12 de marzo de
2024, considera adecuadas y suficientes las actuaciones practicadas para poder
declarar a la Administración General del Estado como heredera abintestato.
1. Consta acreditado el fallecimiento de el causante el 17 de marzo de 2013
mediante certificado de defunción, así como que no otorgó testamento, según
resulta del certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, por lo que
procede la sucesión abintestato.
2. De la instrucción del expediente cabe razonablemente entender que no
existen personas con derecho a suceder al causante por título de herencia
abintestato, teniendo en cuenta para ello las siguientes circunstancias ponderadas
en su conjunto:
- En el certificado de defunción del Registro Civil consta que el causante
cve: BOE-B-2025-15805
Verificable en https://www.boe.es
En relación con este expediente se realizan las siguientes consideraciones: