Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8544)
Resolución de 12 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para el desarrollo del proyecto «Espacio de Observación de Inteligencia Artificial (IA) en español» consistente en la elaboración de un índice que mida la distancia del nivel de desarrollo entre la IA en español y el inglés.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Martes 29 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 57916
notas de cargo y demás documentos probatorios que constituyen el soporte
documental de los gastos incurridos por la UNED. Todo el soporte documental de
los gastos incurridos, así como el desglose de estos se acompañará a la
certificación para su valoración y aprobación por la Comisión de Seguimiento.
Anualidad
Año 1
Año 2
Año 3
Año 4
Año 5
Fecha certificación. marzo 2023. marzo 2024. marzo 2025. marzo 2026. junio 2026.
La ejecución de las inversiones estará sujeta en todo caso a la disponibilidad
presupuestaria de las Partes.»
Tercera.
Se modifica la cláusula primera de la primera adenda que modificaba la cláusula
cuarta del convenio de Comisión de Seguimiento, vigilancia y control, para incluir un
nuevo apartado de competencias de la Comisión de Seguimiento, quedando ahora
redactada la cláusula en los siguientes términos:
«Para la supervisión y seguimiento de este convenio se constituye una
Comisión Técnica de seguimiento, vigilancia y control paritaria (en adelante la
“Comisión”) que estará compuesta por cuatro (4) miembros, dos por parte de la
UNED y dos por parte del Red.es. Los miembros de esta comisión podrán ser
sustituidos por las personas que estos designen. La sustitución, con carácter
definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la Comisión de
Seguimiento, será anunciada en la convocatoria de la reunión correspondiente, y
quedará debidamente reflejada en el acta de esta. La presidencia de la comisión
corresponderá al representante de Red.es, y corresponderá a Red.es designar un
secretario que actuará con voz, pero sin voto. A la Comisión de Seguimiento
podrán incorporarse, con voz, pero sin voto, los/las asesores/asesoras que cada
una de las partes designe, si lo estima oportuno, entre su personal. La comisión se
reunirá necesariamente en sesión constitutiva en un plazo no superior a dos
meses desde la entrada en vigor del convenio. Asimismo, la Comisión se reunirá,
tantas veces como lo solicite cualquiera de sus miembros. Las reuniones de la
Comisión se podrán realizar tanto en modalidad presencial como no presencial,
haciendo uso de medios telemáticos tales como audio/videoconferencia o correo
electrónico.
Esta Comisión tendrá a su cargo el seguimiento y la valoración de las acciones
derivadas del mismo, así como la resolución de los problemas de interpretación y
cumplimiento que pudieran plantearse.
La Comisión se encargará, asimismo, de analizar y supervisar el grado de
ejecución de los gastos realizados en la ejecución del convenio, que a tal fin le
serán presentados, comprobando que se cumple con lo establecido en el objeto
del convenio.
En particular, la Comisión de Seguimiento realizará las siguientes actuaciones:
Evaluar los documentos elaborados y presentados por la UNED:
– Memoria Técnica del proyecto.
– Memoria Económica.
2. Proponer mejoras a los documentos anteriores, para su implementación
por la UNED, hasta llegar a un nivel de calidad adecuado y, en su caso, proceder a
la aprobación de cada documento.
3. La evaluación del logro de objetivos.
4. La revisión y aprobación de una memoria anual de actuaciones.
cve: BOE-A-2025-8544
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 103
Martes 29 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 57916
notas de cargo y demás documentos probatorios que constituyen el soporte
documental de los gastos incurridos por la UNED. Todo el soporte documental de
los gastos incurridos, así como el desglose de estos se acompañará a la
certificación para su valoración y aprobación por la Comisión de Seguimiento.
Anualidad
Año 1
Año 2
Año 3
Año 4
Año 5
Fecha certificación. marzo 2023. marzo 2024. marzo 2025. marzo 2026. junio 2026.
La ejecución de las inversiones estará sujeta en todo caso a la disponibilidad
presupuestaria de las Partes.»
Tercera.
Se modifica la cláusula primera de la primera adenda que modificaba la cláusula
cuarta del convenio de Comisión de Seguimiento, vigilancia y control, para incluir un
nuevo apartado de competencias de la Comisión de Seguimiento, quedando ahora
redactada la cláusula en los siguientes términos:
«Para la supervisión y seguimiento de este convenio se constituye una
Comisión Técnica de seguimiento, vigilancia y control paritaria (en adelante la
“Comisión”) que estará compuesta por cuatro (4) miembros, dos por parte de la
UNED y dos por parte del Red.es. Los miembros de esta comisión podrán ser
sustituidos por las personas que estos designen. La sustitución, con carácter
definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la Comisión de
Seguimiento, será anunciada en la convocatoria de la reunión correspondiente, y
quedará debidamente reflejada en el acta de esta. La presidencia de la comisión
corresponderá al representante de Red.es, y corresponderá a Red.es designar un
secretario que actuará con voz, pero sin voto. A la Comisión de Seguimiento
podrán incorporarse, con voz, pero sin voto, los/las asesores/asesoras que cada
una de las partes designe, si lo estima oportuno, entre su personal. La comisión se
reunirá necesariamente en sesión constitutiva en un plazo no superior a dos
meses desde la entrada en vigor del convenio. Asimismo, la Comisión se reunirá,
tantas veces como lo solicite cualquiera de sus miembros. Las reuniones de la
Comisión se podrán realizar tanto en modalidad presencial como no presencial,
haciendo uso de medios telemáticos tales como audio/videoconferencia o correo
electrónico.
Esta Comisión tendrá a su cargo el seguimiento y la valoración de las acciones
derivadas del mismo, así como la resolución de los problemas de interpretación y
cumplimiento que pudieran plantearse.
La Comisión se encargará, asimismo, de analizar y supervisar el grado de
ejecución de los gastos realizados en la ejecución del convenio, que a tal fin le
serán presentados, comprobando que se cumple con lo establecido en el objeto
del convenio.
En particular, la Comisión de Seguimiento realizará las siguientes actuaciones:
Evaluar los documentos elaborados y presentados por la UNED:
– Memoria Técnica del proyecto.
– Memoria Económica.
2. Proponer mejoras a los documentos anteriores, para su implementación
por la UNED, hasta llegar a un nivel de calidad adecuado y, en su caso, proceder a
la aprobación de cada documento.
3. La evaluación del logro de objetivos.
4. La revisión y aprobación de una memoria anual de actuaciones.
cve: BOE-A-2025-8544
Verificable en https://www.boe.es
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