Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8544)
Resolución de 12 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para el desarrollo del proyecto «Espacio de Observación de Inteligencia Artificial (IA) en español» consistente en la elaboración de un índice que mida la distancia del nivel de desarrollo entre la IA en español y el inglés.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Martes 29 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57914

6. Plataforma de evaluación EvALL 2.0 (software).
7. Informe comparado de soluciones de mercado (documento incluyendo
mapa de funcionalidades en inglés y español, comparativa de funcionalidades,
análisis de la curva de valor).
8. Informe de evaluación de impacto de la adopción de tecnologías del
lenguaje inglés/español.
9. Experiencia de usuario: informe de análisis de redes sociales.
V. Colaborar en la recogida de toda la información que sea necesaria para la
adecuada ejecución del convenio.
VI. Elaborar y presentar a la Comisión de Seguimiento referida en la cláusula
séptima los siguientes documentos, siguiendo los modelos facilitados por el
ONTSI:
– Memoria Técnica del Proyecto.
– Memoria Económica.
Red.es se compromete y obliga a:

I. Colaborar en la recogida de toda la información que sea necesaria para la
adecuada ejecución del convenio, así como a recopilar y proporcionar toda esta
información y facilitarla para contribuir al desarrollo del convenio.
II. Aportar la financiación prevista en la cláusula tercera: Red.es aportará la
cantidad establecida en los plazos previstos y podrá ayudar a gestionar de la
mejor manera posible cualquier actividad económica relacionada con la
financiación del proyecto.
III. Asesorar sobre las líneas de acción a realizar en el ámbito de IA.
IV. Poner los datos, desarrollos y resultados del convenio que tengan como
resultado datos, corpus, información, herramientas técnicas, así como los informes
finales, a disposición de las Administraciones Públicas, la ciudadanía y las
empresas que quieran hacer uso de ellos.
V. Garantizar que los conocimientos y productos obtenidos como resultado
del proyecto se ofrecen a todos los interesados de forma clara y accesible, según
lo estipulado en el convenio, por medio de todas las aplicaciones y herramientas
que puedan ser necesarias para la publicación de estos desarrollos. Se incluye un
posible servicio de atención para ayudar a los ciudadanos, a las Administraciones
o a cualquier otra entidad interesada a aprovechar al máximo el contenido
ofrecido.
VI. Participar en el seguimiento del desarrollo del proyecto, según los
objetivos y con atención al cumplimiento de los entregables.
VII. Participar activamente en las reuniones y encuentros que se celebren,
atender a cualquier duda o petición de información sobre el desarrollo del proyecto
y ayudar a supervisar el cumplimiento de los hitos, tanto los intermedios como los
de entrega de resultados. En este sentido, colaborará en la solución de posibles
contratiempos que puedan surgir dada la naturaleza impredecible de un ámbito tan
cambiante como el de la IA.
VIII. Actuaciones de difusión y comunicación. Junto a la supervisión del
desarrollo del proyecto y la creación y publicación de las herramientas creadas, el
ONTSI podrá comunicar, los avances, logros y resultados que se vayan
alcanzando, a través de su página web, en redes sociales y otros canales y
plataformas que permitan mostrar de forma abierta y transparente las actividades
que se están llevando a cabo y conduzcan de forma sencilla a los interesados a
los recursos que ya puedan ser consultados y utilizados.
Las Partes se comprometen a realizar cuantas acciones resulten precisas para
la correcta y completa ejecución de las actuaciones previstas en el Convenio, así
como para su comunicación, que pactarán entre las partes.

cve: BOE-A-2025-8544
Verificable en https://www.boe.es

b)