Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8544)
Resolución de 12 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para el desarrollo del proyecto «Espacio de Observación de Inteligencia Artificial (IA) en español» consistente en la elaboración de un índice que mida la distancia del nivel de desarrollo entre la IA en español y el inglés.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 29 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57911

Todas las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la
presente adenda, y en su virtud,
EXPONEN
I
Que el 21 de enero de 2022 quedó inscrito en el REOICO el Convenio entre la
Entidad Pública Empresarial Red.es y la Universidad Nacional de Educación a Distancia
(UNED), para el desarrollo del proyecto «Espacio de Observación de Inteligencia
Artificial (IA) en español» consistente en la elaboración de un índice que mida la
distancia del nivel de desarrollo entre la IA en español y el inglés (C-039/21-OT), con una
vigencia de tres años (hasta el 20 de enero de 2025).
II
Que el 11 de septiembre de 2023 quedó inscrita en el REOICO la adenda al convenio
que extendía la vigencia del mismo hasta el 20 de marzo de 2025. Adicionalmente, esta
adenda dotó de flexibilidad a la distribución anual de los fondos, de forma que la
Comisión de Seguimiento puede acordar el trasvase de fondos entre las anualidades de
ejecución previstas inicialmente en el convenio.
III
Que el objeto del convenio es colaborar para el desarrollo y creación de un
Observatorio de Inteligencia Artificial (IA) en español, que analice la brecha de desarrollo
inglés/español en IA. En el convenio se prevé la elaboración de un índice que
establezca, cuantitativa y cualitativamente, la diferencia entre las tecnologías del
lenguaje en estos idiomas, en relación con cuatro ámbitos: el estado del arte, las
soluciones de mercado, el nivel de adopción de las tecnologías y la experiencia de
usuario. Para cada uno de estos aspectos se producirá anualmente (durante un periodo
de tres años) un informe con conclusiones cuantitativas y cualitativas, así como
indicadores para cada uno de los ámbitos que se integrarán en un único indicador
agregado de la distancia entre las dos lenguas a efectos tecnológicos.
IV
Que tanto Red.es como UNED consideran que durante el desarrollo del convenio se
han cumplido los objetivos marcados y se van a obtener los resultados esperados en
términos de desarrollo de infraestructuras y herramientas de medición y en el
establecimiento de la distancia de desarrollo entre el inglés y el español en Inteligencia
Artificial.
Aun así, debido a la velocidad de desarrollo y avance del campo de investigación, y
teniendo en cuenta que en el momento de inicio del convenio la Inteligencia Artificial
Generativa y otros campos relacionados con los objetivos del convenio no gozaban de
una entidad tan relevante como en el momento actual, se considera oportuno continuar
con las actividades de evaluación de la Inteligencia Artificial en español.
El objetivo del convenio era crear un espacio de observación que analice y mida la
distancia y nivel de desarrollo entre la IA en español y la IA en inglés (como idioma
hegemónico digital de referencia), así como elaborar un índice que establezca
cuantitativa y cualitativamente la diferencia entre las tecnologías del lenguaje en español
e inglés en cuanto a estado del arte, las soluciones de mercado, el nivel de adopción de
las tecnologías y la experiencia de usuario. Para cada uno de estos aspectos resulta de
interés la producción anual de un informe con conclusiones cuantitativas y cualitativas.
Cada año, las posibilidades y las aplicaciones de la IA evolucionan, y con ellas deben

cve: BOE-A-2025-8544
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Núm. 103