Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8467)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 57457

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, cada aspirante deberá comprobar no sólo que no figura
en la relación de personas excluidas, sino que, además, su nombre consta en la relación
de personas admitidas.
4.3 La resolución que apruebe las listas definitivas de personas admitidas y
excluidas contendrá, asimismo, el lugar, fecha y hora para la realización del primer
ejercicio de la fase de oposición. La misma pondrá fin a la vía administrativa y contra ella
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde su publicación o,
potestativamente, recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, en
los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4.4 De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de
octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de
la Comunidad de Madrid, procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución
de los derechos de examen únicamente en los supuestos de exclusión por causas no
imputables a la misma. La devolución se solicitará en el plazo de diez días hábiles a contar
desde el siguiente al de la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as. El titular de la tasa cuya devolución se solicita deberá ser titular o cotitular de
la cuenta bancaria en la que se vaya a realizar la devolución.
5.

Tribunal calificador

5.1 La composición del Tribunal calificador se ajustará a la normativa vigente que le
sea de aplicación. Estará constituido por un número de miembros no inferior a cinco,
debiendo designarse el mismo número de suplentes. Lo compondrán el Gerente o persona
en quien delegue, que ostentará la presidencia, tres vocales designados por el Rector, uno
de ellos desempeñará la secretaría y tendrá voz pero no voto, y dos vocales nombrados por
el Rector, oído el Comité de Empresa. Se procurará la presencia equilibrada entre hombres
y mujeres, de acuerdo con el III Plan de Igualdad de la Universidad Carlos III de Madrid
aprobado por el Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2025.
Con anterioridad a la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, el
Rector dictará resolución en virtud de la cual se nombrará a los miembros del Tribunal,
especificando si son titulares o suplentes. Dicha resolución se publicará en la página web
de la Universidad.
Asimismo, el Rector, a propuesta del Tribunal, podrá designar, en su caso, asesores
especialistas. Dichos asesores se limitarán a informar respecto de las pruebas y méritos
relativos a su especialidad.
5.2 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
de indemnizaciones por razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda.
5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Quien se
designe en la Presidencia del Tribunal solicitará de los demás miembros declaración
expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, las personas participantes en el proceso podrán recusar a los miembros
del Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 24
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.4 Previa convocatoria de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con la
asistencia del Presidente o Presidenta y del Secretario o Secretaria o, en su caso, de
quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrarán su
sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la celebración
del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le
correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

cve: BOE-A-2025-8467
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 102