Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-8469)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo de revisión salarial para el año 2025 del II Convenio colectivo de Total Energies Marketing España, SAU.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
III. Compromiso.
Sec. III. Pág. 57479
Participación en la encuesta Total Energies Survey (> 90 %).
150
Participación en el programa de voluntariado Action (> 80 %).
150
Formación obligatoria en materia de seguridad y compliance
(100 % realización).
200
El bonus se devengará de forma semestral para los criterios I y II de acuerdo
al 100 % del objetivo alcanzado al cierre del primer semestre al 30 de junio de 2025, y se
abonará en la nómina de julio 2025. El porcentaje conseguido para dichos criterios al
cierre del segundo semestre al 31 de diciembre de 2025 se abonará en enero 2026.
El pago correspondiente al criterio III será anual, y se abonará en la nómina de
enero 2026.
Para tener derecho a percibir este bonus en los tres criterios será requisito estar
presente en la empresa y una antigüedad mínima de tres meses.
4.
Ayuda comida.
Se incrementa el importe en un 2,8 % pasando a ser 11,31 euros por día trabajado en
jornada partida.
Pudiendo cobrarse por nómina, con los descuentos de Seguridad Social e IRPF
correspondientes, a solicitud del interesado y siempre por períodos anuales.
5.
Plus compensatorio y automóvil (antiguo plus transporte).
Se incrementa el importe en 2,8 % pasando a ser 1.610,26 euros brutos anuales.
cve: BOE-A-2025-8469
Verificable en https://www.boe.es
6. Incentivo de productividad de Valdemoro, se incrementa en 2,8 % pasando
a 1.329,20 euros.
7. Entrada en vigor de los puntos 1, 2, 3, 4 y 5: 1 de enero de 2025.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
III. Compromiso.
Sec. III. Pág. 57479
Participación en la encuesta Total Energies Survey (> 90 %).
150
Participación en el programa de voluntariado Action (> 80 %).
150
Formación obligatoria en materia de seguridad y compliance
(100 % realización).
200
El bonus se devengará de forma semestral para los criterios I y II de acuerdo
al 100 % del objetivo alcanzado al cierre del primer semestre al 30 de junio de 2025, y se
abonará en la nómina de julio 2025. El porcentaje conseguido para dichos criterios al
cierre del segundo semestre al 31 de diciembre de 2025 se abonará en enero 2026.
El pago correspondiente al criterio III será anual, y se abonará en la nómina de
enero 2026.
Para tener derecho a percibir este bonus en los tres criterios será requisito estar
presente en la empresa y una antigüedad mínima de tres meses.
4.
Ayuda comida.
Se incrementa el importe en un 2,8 % pasando a ser 11,31 euros por día trabajado en
jornada partida.
Pudiendo cobrarse por nómina, con los descuentos de Seguridad Social e IRPF
correspondientes, a solicitud del interesado y siempre por períodos anuales.
5.
Plus compensatorio y automóvil (antiguo plus transporte).
Se incrementa el importe en 2,8 % pasando a ser 1.610,26 euros brutos anuales.
cve: BOE-A-2025-8469
Verificable en https://www.boe.es
6. Incentivo de productividad de Valdemoro, se incrementa en 2,8 % pasando
a 1.329,20 euros.
7. Entrada en vigor de los puntos 1, 2, 3, 4 y 5: 1 de enero de 2025.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X