Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8465)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Media de Investigación y Transferencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Cuarta.
Sec. II.B. Pág. 57419
Admisión de aspirantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia de la
Universidad Carlos III de Madrid dictará resolución en virtud de la cual se declararán
aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas
convocadas, con indicación expresa de la causa de exclusión. Dicha resolución, que se
publicará en la página web de la Universidad www.uc3m.es/empleo/pas, contendrá la
designación de las personas que integrarán el Tribunal Calificador.
4.2 Quienes resulten excluidos expresamente, así como quienes no figuren en las
listas provisionales publicadas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la mencionada resolución para poder subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o la omisión,
justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación se publicará, en la página web de la
Universidad Carlos III de Madrid, la resolución por la que se aprueban las listas
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no recogidas en la misma. En dicha resolución se hará constar, a
propuesta del Tribunal Calificador, la fecha, lugar y hora de realización del primer
ejercicio de la fase de oposición, con una antelación mínima de diez días hábiles.
4.4 La resolución que apruebe con carácter definitivo las listas de aspirantes
admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación o,
potestativamente, el recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes,
en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respectivamente.
Procedimiento de selección.
5.1 El procedimiento de selección constará de dos fases: fase de oposición y fase
de concurso.
La fase de oposición constituirá el 70 por 100 del proceso selectivo y tendrá carácter
eliminatorio. A su vez, la fase de concurso constituirá el 30 por 100 del proceso selectivo
y no tendrá carácter eliminatorio.
5.2 La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios
en los términos que se especifican en el anexo II de la presente convocatoria.
5.3 Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo
participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con
el baremo fijado en el anexo II. En ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán
ser computados para superar el ejercicio realizado en la fase de oposición.
El tribunal requerirá, mediante anuncio publicado en la página web de la Universidad,
a quienes hayan superado la fase de oposición para que, en el plazo de diez días
hábiles, presenten la documentación acreditativa de los méritos que aleguen para su
valoración en esta fase del proceso selectivo.
Para la valoración de los méritos alegados, el tribunal tomará como fecha límite para
su cómputo la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de
participación en las presentes pruebas selectivas, excepto para la acreditación del nivel
de inglés, donde se admitirán títulos o certificaciones oficiales obtenidos hasta la fecha
de publicación de la resolución del tribunal por la que declaran las personas que han
superado la fase de oposición.
5.4 La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar
cve: BOE-A-2025-8465
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 102
Lunes 28 de abril de 2025
Cuarta.
Sec. II.B. Pág. 57419
Admisión de aspirantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia de la
Universidad Carlos III de Madrid dictará resolución en virtud de la cual se declararán
aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas
convocadas, con indicación expresa de la causa de exclusión. Dicha resolución, que se
publicará en la página web de la Universidad www.uc3m.es/empleo/pas, contendrá la
designación de las personas que integrarán el Tribunal Calificador.
4.2 Quienes resulten excluidos expresamente, así como quienes no figuren en las
listas provisionales publicadas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la mencionada resolución para poder subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o la omisión,
justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación se publicará, en la página web de la
Universidad Carlos III de Madrid, la resolución por la que se aprueban las listas
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no recogidas en la misma. En dicha resolución se hará constar, a
propuesta del Tribunal Calificador, la fecha, lugar y hora de realización del primer
ejercicio de la fase de oposición, con una antelación mínima de diez días hábiles.
4.4 La resolución que apruebe con carácter definitivo las listas de aspirantes
admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación o,
potestativamente, el recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes,
en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respectivamente.
Procedimiento de selección.
5.1 El procedimiento de selección constará de dos fases: fase de oposición y fase
de concurso.
La fase de oposición constituirá el 70 por 100 del proceso selectivo y tendrá carácter
eliminatorio. A su vez, la fase de concurso constituirá el 30 por 100 del proceso selectivo
y no tendrá carácter eliminatorio.
5.2 La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios
en los términos que se especifican en el anexo II de la presente convocatoria.
5.3 Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo
participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con
el baremo fijado en el anexo II. En ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán
ser computados para superar el ejercicio realizado en la fase de oposición.
El tribunal requerirá, mediante anuncio publicado en la página web de la Universidad,
a quienes hayan superado la fase de oposición para que, en el plazo de diez días
hábiles, presenten la documentación acreditativa de los méritos que aleguen para su
valoración en esta fase del proceso selectivo.
Para la valoración de los méritos alegados, el tribunal tomará como fecha límite para
su cómputo la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de
participación en las presentes pruebas selectivas, excepto para la acreditación del nivel
de inglés, donde se admitirán títulos o certificaciones oficiales obtenidos hasta la fecha
de publicación de la resolución del tribunal por la que declaran las personas que han
superado la fase de oposición.
5.4 La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar
cve: BOE-A-2025-8465
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.