Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-8395)
Resolución 420/38179/2025, de 21 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la Universidad Autónoma de Madrid y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de actividades para la formación y el desarrollo de recursos digitales docentes innovadores enfocados a la mejora de las competencias digitales del personal militar.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Sábado 26 de abril de 2025
Año
Objetivos
1.er pago (1)
Sec. III. Pág. 57039
2.º pago (1) 3.er pago (1)
Abril
Junio
Nov
Total (1)
Formación de alumnos.
Continuar con el desarrollo
y realizar el mantenimiento
correctivo, predictivo y
FASE II 2025
2,58056887(3)
evolutivo de los recursos
tecnológicos docentes.
2,1
4,68056887
Formación del
profesorado.
(1) Cifras en millones de euros.
(2) Incluirá la formación de los alumnos que participen en el Proyecto Piloto.
(3) 180.568,87 euros correspondientes a la no conformidad de hitos anteriores al 2025, en la siguiente
relación:
FII.32 Revisión Prospección de los Motores analíticos y evolución del Repositorio.
FII.34 Evolución del módulo de nivelación.
FII.35 Disponibilidad nueva versión del repositorio analítico.
FII.37 Revisión de los requerimientos de los Recursos Digitales Docentes.
Cuarta.
Eficacia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público la presente adenda se formaliza con la
firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde
su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima.
Asimismo, el texto de la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el
plazo de 10 días hábiles desde su formalización.
Quinta.
Afectación de la modificación al resto de las cláusulas del convenio.
El resto de las cláusulas del convenio original no sufre modificación alguna y el
ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.
Sexta.
Publicidad.
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento electrónicamente en el
lugar indicado y en la fecha de firma.–Por el Ministerio de Defensa, la Subsecretaria de
Defensa, Adoración Mateos Tejada.–Por la Universidad Autónoma de Madrid, el
Vicerrector de Transferencia, Innovación y Cultura, Félix Zamora Abanades.–Por la
Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, el Representante, Ernesto
Fernández-Bofill González.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-8395
Verificable en https://www.boe.es
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que la presente adenda
tenga la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Núm. 101
Sábado 26 de abril de 2025
Año
Objetivos
1.er pago (1)
Sec. III. Pág. 57039
2.º pago (1) 3.er pago (1)
Abril
Junio
Nov
Total (1)
Formación de alumnos.
Continuar con el desarrollo
y realizar el mantenimiento
correctivo, predictivo y
FASE II 2025
2,58056887(3)
evolutivo de los recursos
tecnológicos docentes.
2,1
4,68056887
Formación del
profesorado.
(1) Cifras en millones de euros.
(2) Incluirá la formación de los alumnos que participen en el Proyecto Piloto.
(3) 180.568,87 euros correspondientes a la no conformidad de hitos anteriores al 2025, en la siguiente
relación:
FII.32 Revisión Prospección de los Motores analíticos y evolución del Repositorio.
FII.34 Evolución del módulo de nivelación.
FII.35 Disponibilidad nueva versión del repositorio analítico.
FII.37 Revisión de los requerimientos de los Recursos Digitales Docentes.
Cuarta.
Eficacia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público la presente adenda se formaliza con la
firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde
su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima.
Asimismo, el texto de la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el
plazo de 10 días hábiles desde su formalización.
Quinta.
Afectación de la modificación al resto de las cláusulas del convenio.
El resto de las cláusulas del convenio original no sufre modificación alguna y el
ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.
Sexta.
Publicidad.
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento electrónicamente en el
lugar indicado y en la fecha de firma.–Por el Ministerio de Defensa, la Subsecretaria de
Defensa, Adoración Mateos Tejada.–Por la Universidad Autónoma de Madrid, el
Vicerrector de Transferencia, Innovación y Cultura, Félix Zamora Abanades.–Por la
Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, el Representante, Ernesto
Fernández-Bofill González.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-8395
Verificable en https://www.boe.es
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que la presente adenda
tenga la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.