Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8382)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y Creaciones Aromáticas Industriales, SA, para el desarrollo de actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Sábado 26 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 56986

régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
mecenazgo.
III. Que CARINSA es una sociedad anónima, constituida mediante escritura
autorizada por el Notario de Barcelona, don Vicente Pons Llacer, en fecha 27 de octubre
de 1993, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona tomo 26432, folio 91, sección
general, hoja B-102986, con el objeto de fabricación y comercialización de toda clase
productos aromáticos y auxiliares para la industria.
IV. Que CARINSA mantiene un compromiso de contribución al desarrollo que va
más allá de su actividad empresarial/social. Este se concreta en una amplia labor de
patrocinio en actividades de interés general e iniciativas que generen un alto valor para
CARINSA.
V. Que CARINSA conoce las iniciativas que lleva a cabo el Instituto Cervantes, y,
específicamente, tiene interés en colaborar en el desarrollo de las actividades culturales
y académicas que este programa.
VI. Que, con fecha 30 de agosto de 2019, el Ministerio de Hacienda, conforme a lo
establecido en el artículo 50.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ha autorizado el
modelo normalizado del convenio al que el presente convenio se ajusta.
VII. A los efectos de lo previsto en el artículo 50.2 de la citada Ley 40/2015, el
presente convenio responde a un modelo-tipo de convenio de patrocinio en metálico,
autorizado por el Ministerio de Hacienda en fecha 30 de agosto de 2019.
VIII. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, el Instituto Cervantes y CARINSA
acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

En virtud del presente convenio, CARINSA se compromete a colaborar con el
Instituto Cervantes, mediante la aportación económica establecida en la cláusula
segunda, que este último destinará íntegramente y con carácter exclusivo al desarrollo
de sus actividades culturales y académicas en 2025, como:
1. Día del Libro (23 de abril 2025).
2. Festival de Cine Europeo (del 9 al 17 de mayo 2025).
3. Festival de Cine Iberoamericano (del 17 al 27 de mayo).
4. Festival Cultural Europeo (finales de junio).
5. Día Europeo de las Lenguas (26 de septiembre).
6. Festival International de la Bande Desinée d’Alger (FIBDA) (primera semana de
octubre).
7. Salón Internacional del Libro de Argel (SILA) (finales de octubre).
8. Día de la Eliminación de la Violencia de Género (25 de noviembre).
Aportación económica y forma de pago.

CARINSA aportará al Instituto Cervantes la cantidad total máxima de dos mil euros
(2000 €) para el desarrollo de las actividades culturales y académicas indicadas en la
cláusula anterior.
El abono de esta aportación se efectuará por CARINSA en un plazo máximo de 30
días a contar del inicio de eficacia del presente convenio, mediante transferencia
bancaria a la cuenta corriente titularidad del Instituto Cervantes que este le indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a CARINSA la oportuna certificación acreditativa de la aportación
realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen
fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y su
reglamento de desarrollo, según el modelo incluido como anejo I.

cve: BOE-A-2025-8382
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.