Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Entidades de inspección y control. (BOE-A-2025-7871)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Industria, del Departamento de Empresa y Trabajo, por la que se modifica la designación de Applus Metrology, SL, como organismo autorizado de verificación metrológica de instrumentos de medida sometidos al control metrológico del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Jueves 17 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 54188

– Sistemas de medida continua y dinámica de cantidades de líquidos distintos del
agua (combustibles, excepto gases licuados) denominados surtidores o dispensadores,
con el siguiente alcance: Qmax ≤ 200 l/min.
– Sistemas de medida en camiones cisterna para líquidos de baja viscosidad (≤ 20
mPas), con el siguiente alcance: Qmax ≤ 1.000 l/min.
– Sistemas de medida de líquidos diferentes del agua denominados surtidores o
dispensadores destinados al suministro a vehículos automóviles de sustancias no
destinadas a su uso como combustible (disoluciones de urea en agua), con el siguiente
alcance: Qmax ≤ 50 l/min.
Segundo.
El alcance de la presente designación se extiende a los instrumentos de medida
indicados en el punto anterior e incluidos en el certificado de acreditación emitido por la
Entidad Nacional de Acreditación con número 424/EI612 y su anexo técnico, con las
limitaciones de alcance y rangos de medida establecidos en la misma, que pone de
manifiesto el mantenimiento de la competencia técnica de la entidad de acuerdo con lo
establecido en la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control
metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida (BOE n.º 47, de 24 de
febrero de 2020) y la Orden ITU/1475/2024, de 17 de diciembre, por la que se modifica la
Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, per la que se regula el control metrológico del
Estado de determinados instrumentos de medida. Por este motivo, cualquier
modificación que se produzca en el anexo técnico de esta acreditación deberá ser
comunicada a esta Dirección General en un plazo máximo de diez días y previo a su
aplicación como Organismo autorizado de Verificación Metrológica.
Tercero.
El número de identificación de la entidad Applus Metrology, SL, será el 02-OV-0004,
de acuerdo con su inscripción en el Registro de Control Metrológico, y que deberá estar
siempre de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio.
Cuarto.
La entidad Applus Metrology, SL, en su actuación como Organismo autorizado de
Verificación Metrológica, estará sometido en todo momento a lo establecido en la
Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, en el Real Decreto 244/2016, de 3 de
junio, en las disposiciones que regulan el control metrológico del Estado de los
instrumentos de medida a los que esté designado, así como también a cualquier otra
instrucción o disposición emitida por esta Dirección General.
Quinto.

Sexto.
La presente designación como Organismo autorizado de Verificación Metrológica de
la entidad Applus Metrology, SL, mantendrá su vigencia siempre y cuando la entidad
cumpla con los requisitos que fueron de base para su designación establecidos en el
Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, y de cumplimiento en lo establecido en cualquier
Directriz del Consejo Superior de Metrología referida al artículo 16.2 de la Ley 32/2014,
de 22 de diciembre y del artículo 8.3 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio. En el
caso de que la acreditación otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación sea

cve: BOE-A-2025-7871
Verificable en https://www.boe.es

La entidad Applus Metrology, SL, deberá satisfacer de forma continuada los
requisitos establecidos en la normativa aplicable para ser designado como Organismo
autorizado de Verificación Metrológica, y deberán notificar a esta Dirección General
cualquier cambio que pueda afectar a estos requisitos.